Los 393 empresarios(as) de juegos de suerte y azar localizados legales en Colombia desde la reglamentación de la Resolución 1400 de 2014, vienen cumpliendo con las condiciones técnicas de Conectividad de las máquinas electrónicas tragamonedas MET; estos Contratos de Concesión diariamente reportan en línea la actividad del número de máquinas que se encuentran legales y conectadas, permitiendo así a Coljuegos como entidad reguladora, revisar los movimientos de cada elemento de juego y de la totalidad de cada contrato, y por ende, poder realizar el cálculo del pago de los derechos de explotación de los mismos.
La conexión en línea reafirma los estándares de transparencia y confiabilidad de esta industria; y además, afianza el compromiso de estos empresarios en seguir trabajando en el marco de la Legalidad.
Actualmente esta modalidad de juego, está a puertas de tener que cumplir con un proceso de recertificación de cada uno de los software que tienen los proveedores de sistemas de conexión en línea MET para la Jurisdicción Colombia, dicha tarea está a cargo de las empresas proveedoras, quienes deben cumplir con dicho proceso para así asegurar la ejecución de las nuevas características técnicas, procedimientos, y requisitos que trae el SCLM+ y además, continuar consolidando el cumplimento de la transmisión para todas las 393 empresas, asegurando el beneficio del cálculo de los derechos de explotación del 12%.
Es de gran preocupación para los operadores de juegos localizados que en el marco del nuevo proyecto, no se hayan tenido en cuenta algunas observaciones presentadas por gremios y empresarios, con el fin de adicionar algunos aspectos importantes en la transmisión, y también corregir errores que se presentan en el SCLM actual, los cuales se continuaran presentando en el SCLM+, con un aumento riguroso de las exigencias .
Hace varios meses con los gremios Cornazar y Fecoljuegos, se realizaron mesas de trabajo solicitadas por las mismas asociaciones, quienes representan gran cantidad de empresas de la modalidad de localizados, las cuales presentaron observaciones e inquietudes con respecto a dicho proyecto, es más, la semana pasada cada una de las asociaciones, radicaron derechos de petición dejando claro que se deben ampliar los tiempos de cumplimiento de dicha resolución en la cual se expide el documento de requerimientos técnicos del Sistema de Conexión en Línea, SCLM+, y además, argumentaron aspectos importantes para considerar como lo son los horarios de envío de la información, plan de contingencia, centro de ayuda permanente 24/7, vigencias de la recertificación, riesgos informáticos entre otros.
A pocos días de culminar la etapa actual, aún hay muchos vacíos en el proyecto, Coljuegos mismo no tiene la capacidad de reacción, con la falta de Presidencia muchos de los proyectos duermen el sueño de los justos y muchos de los proveedores, por no decir la mayoría no cumplen aún con la exigencia de la recertificación debido al cambio de los protocolos a último minuto por parte de la entidad que si bien lo hicieron en su momento deberán hacerlo nuevamente ; estas empresas en su gran mayoría, están dispuestas a apoyar y acompañar a los(as) empresarios(as) operadores(as), pero definitivamente esta falta de ejecución llevaría a que los(las) operadores(as) localizados estén a puertas de procesos e incumplimientos, y además, terminen obligados a liquidar y pagar con la base de tarifa fija en detrimento de sus intereses.
En el artículo segundo de la resolución 20221200013634 se habla de un plazo para la implementación donde los operadores autorizados con contrato vigente tendrán un periodo de hasta doce (12) meses, contados a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución, para implementar las condiciones del nuevo SCLM+
Para efectos del sistema y la implementación del protocolo de liquidación, se aplicará desde el primer día del mes siguiente al que se cumpla el período de doce (12) meses previsto en la presente resolución 20221200013634 del 2022-06-09.
Es importante resaltar que es el operador de juegos localizados con quien la entidad reguladora, Coljuegos, tiene la relación contractual; en ese sentido es el operador quien debe realizar la gestión requerida para la entrega de la documentación con su proveedor de sistema de conexión en línea.
La Empresa Concesionaria es la que debe cumplir con estos lineamientos para envío de la información detallada de cada MET en línea y en tiempo real al SCLM+, siendo este el “único responsable” de este requerimiento el cual tendrá que asegurar la implementación de sistemas redundantes necesarios.
Esperemos que Coljuegos, esta vez escuche el llamado de la industria, y que emita una respuesta extendiendo los tiempos de cumplimiento de la resolución y además, realice una revision exhaustiva de todas las inquietudes gremiales, las cuales son de gran importancia para que este sector continue aportando importantes recursos para la salud y el gran número de empleos que se generan en el país “y no sea como siempre que el(la) empresario(a) termine pagando los platos rotos¨.


