Lo que amaneció en Colombia no es solo un nuevo tributo. Es, sobre todo, una nueva señal política. El Gobierno expidió el Decreto 0240 del 12 de marzo de 2026 para crear, por la vigencia 2026, un impuesto nacional al consumo del 16% aplicable a los juegos de suerte y azar operados exclusivamente por internet, dentro del marco de la emergencia declarada por el Decreto 150 del 11 de febrero de 2026.
La discusión de fondo no debería agotarse en la tarifa. El punto verdaderamente delicado es otro: el Ejecutivo vuelve sobre el juego online formal apenas semanas después de que la Corte Constitucional suspendiera provisionalmente el anterior esquema del IVA del 19% contenido en el Decreto 1390 de 2025.
Esa suspensión, según reportó Mundo Video®, abrió un debate directo sobre si los decretos de emergencia podían convertirse en atajo para introducir cambios tributarios de alto impacto que no pasaron por el trámite ordinario.
Ahora el instrumento cambió, pero la presión no desapareció. El Decreto 0240 dice expresamente que la suspensión previa no constituye cosa juzgada ni una decisión definitiva de inexequibilidad, y por eso el Gobierno sostiene que sí puede volver a imponer tributos en una nueva emergencia, siempre que exista conexidad material, necesidad y proporcionalidad. También argumenta que el juego online tiene capacidad contributiva, crecimiento sostenido del ingreso bruto y una demanda relativamente inelástica.

Sin embargo, para el mercado regulado el mensaje es inquietante. Ya no se trata solo de cuánto se cobra, sino de la facilidad con la que puede rediseñarse la carga fiscal en plena marcha. El nuevo decreto fija como hecho generador el depósito realizado por el usuario para abonar su cuenta y apostar, establece una tarifa del 16% y define como base gravable los ingresos brutos del juego, es decir, las apuestas menos los premios pagados en el bimestre. Además, endurece el cerco operativo al ordenar que plataformas, medios, pasarelas de pago, desarrolladores y demás terceros se abstengan de prestar servicios a operadores no autorizados.
La pregunta, entonces, no es si el sector debe contribuir. En un Estado de excepción, ese debate tiene una respuesta previsible. La verdadera pregunta es si resulta sano para un mercado regulado vivir entre sobresaltos normativos, primero bajo la amenaza de un IVA del 19% y luego bajo un impuesto al consumo del 16% que llega por una nueva vía extraordinaria. En mayo, una columna de Mundo Video® ya advertía que la Procuraduría había pedido mantener el gravamen anterior y recogía la preocupación de Fecoljuegos, según la cual los ingresos brutos por apuestas habían caído 30% desde la entrada en vigor de ese impuesto.
Mi lectura es simple: cuando el Estado cambia el nombre del tributo, pero conserva la urgencia recaudatoria y el mismo blanco empresarial, lo que erosiona no es solo el margen del operador. Se erosiona la confianza en la estabilidad del marco regulatorio. Y en una industria donde la legalidad compite todos los días contra la informalidad y la operación desde el exterior, la seguridad jurídica también debería contarse como política pública.
German+





















