Coljuegos. En Colombia se denomina 'remate judicial' a la venta de un bien a través de subasta pública. La particularidad en el tema del precio radica fundamentalmente en que no es un perito experto el que determina el precio sino el juez a cargo.
Para que una vivienda, apartamento, lote, bodega, vehículo u otro se oferte en remate, previamente debe haberse realizado un proceso judicial en contra de los propietarios.
Al incumplir con una obligación crediticia el trámite deriva en el remate para realizar el cobro pendiente y su ejecución es tarea de un juzgado.
Coljuegos indicó que: “Las posturas u ofertas se podrán presentar dentro de los cinco (5) días anteriores a la fecha de remate en sobres sellados para garantizar la confidencialidad de la oferta de acuerdo con el artículo 451 del Código General del Proceso o durante la audiencia en la oportunidad prevista en artículo 452 del mismo Código, esto quiere decir, que podrán presentarse posturas presenciales y virtuales durante una (1) hora contada desde el inicio de la audiencia, esto es hasta las 10:00 a.m.”
Así mismo Coljuegos subraya que “La subasta puÌblica comenzaraÌ a las nueve de la mañana (9:00 am), del diÌa diecisiete (17) de mayo de dos mil veinte tres (2023), y transcurrida una hora, se procederáÌ a la apertura de los sobres que contengan los requisitos exigidos en el CoÌdigo General del Proceso, entregándose el predio en el estado que se encuentra al momento del remate como cuerpo cierto”.


