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Impuesto al consumo sacude al juego online: nueva carga fiscal para operadores en Colombia

Fecha de publicación: 2026-03-16

El juego online regulado en Colombia amaneció con una nueva carga fiscal, pero ya no bajo la figura del IVA del 19% que había sido suspendido provisionalmente por la Corte Constitucional a comienzos de febrero. Esta vez, el Gobierno expidió el Decreto 0240 del 12 de marzo de 2026, una nueva norma de emergencia que crea, por el año 2026, un impuesto nacional al consumo del 16% para los juegos de suerte y azar operados exclusivamente por internet.

El cambio no es menor. El decreto establece que el hecho generador será el depósito en dinero —incluidos pagos en efectivo, transferencias y criptoactivos— que realice cada usuario apostador al operador autorizado para abonar su cuenta y obtener el derecho a apostar. Al mismo tiempo, la norma señala que la base gravable estará constituida por los ingresos brutos del juego, es decir, el GGR, entendido como el total de las apuestas menos los premios pagados en el bimestre correspondiente. Esa combinación convierte al nuevo esquema en una pieza tributaria distinta al intento anterior del Ejecutivo, y abre una nueva etapa de presión fiscal para los operadores licenciados.

El trasfondo político y jurídico es clave. Como ya había reportado Mundo Video®, la Corte Constitucional suspendió provisionalmente el Decreto Legislativo 1390 de 2025, que buscaba imponer un IVA del 19% al juego online, mientras adelanta el control de constitucionalidad. Más tarde, otra nota del portal recordó que la Procuraduría había pedido mantener ese gravamen por considerar que cumplía criterios de necesidad y proporcionalidad. Ahora, el Gobierno responde con una nueva arquitectura tributaria y sostiene en el propio Decreto 0240 que aquella suspensión no constituyó cosa juzgada ni una decisión definitiva de inexequibilidad, por lo que, en su criterio, sí podía volver a adoptar medidas tributarias de emergencia bajo un nuevo contexto fáctico ligado al Decreto 150 del 11 de febrero de 2026.

El Ejecutivo justifica la medida afirmando que los juegos de azar por internet tienen “elevada capacidad contributiva”, crecimiento sostenido del ingreso bruto y un tratamiento preferencial frente a los juegos presenciales. También sostiene que la demanda de este servicio es relativamente inelástica y que el nuevo impuesto no afectaría bienes de primera necesidad ni tendría impactos inflacionarios directos. En otras palabras, el Gobierno presenta al sector como una fuente apta para recaudo inmediato en medio de la emergencia económica, social y ecológica.

Pero el decreto no se queda en la tarifa. También endurece el cerco sobre la cadena operativa: plataformas tecnológicas, pasarelas de pago, proveedores de software, medios y otros terceros deberán abstenerse de prestar servicios a operadores no autorizados, bajo riesgo de sanciones. Ese punto envía una señal clara: la nueva presión no recae solo en el jugador o en el concesionario, sino en todo el ecosistema que rodea al juego online legal e ilegal.

Para la industria, el mensaje es directo: el riesgo tributario sigue vivo, aunque con otro nombre. El mercado que hace semanas discutía si el IVA del 19% sobreviviría al examen constitucional, ahora debe digerir un impuesto al consumo del 16% expedido por una nueva vía de emergencia. Y aunque el decreto habla por sí solo, una pregunta ya empezó a rondar al sector: si el Estado cambia el instrumento, pero mantiene la urgencia recaudatoria, ¿está ante una corrección técnica o ante un segundo round fiscal para el juego online en Colombia?


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