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¿Qué pasa con el ISC en Perú?

Fecha de publicación: 2018-09-25
¿Qué pasa con el ISC en Perú?

Desde hace casi dos meses, asistimos en Perú a una coyuntura bastante particular con relación a los impuestos recaudados por los casinos y salas de juego, además de un debate gris acerca de los efectos sociales negativos que esta actividad generaría en nuestra sociedad.




Hemos sido testigos de planteamientos, digamos llamativos, sobre la carga impositiva, el control de la ludopatía y del lavado de activos, con cifras para las que no se ha dado ningún sustento ni origen fidedigno, y tratando de aplicarse conceptos que por su naturaleza le son ajenos.

Todo ello ha sido soportado con una maquinaria mediática importante, organizada de una manera tal que deja mucho espacio para pensar en si se trata de una cuestión realmente pensada y evaluada.

Por ejemplo, se habló durante mucho tiempo y en diferentes orbes, que nuestra actividad estaba exonerada del pago del IGV (IVA), generando un perjuicio de cientos de millones de soles al Tesoro Público. Esto no tiene ningún sentido por cuanto tal impuesto no nos es aplicable, de acuerdo con la propia Ley del Impuesto General a las Ventas. Pero aún así, más de un Congresista pretendió que tal impuesto sea de aplicación e incluso se presentaron proyectos de Ley (en plural) para este fin.

La pregunta es lógica; ¿cómo un Congresista puede desconocer el marco de aplicación de la propia Ley y pretender la aplicación inconstitucional de un tributo?






Por otro lado, se nos sindicó como una actividad desencadenante de ludopatía, generando un ritmo de crecimiento del 30% anual y afectando a un porcentaje importante de la población. Al cuestionársele a los defensores de esta tesis acerca del origen de su información, nunca hubo una respuesta. Esto dejó en claro que lo que se intentaba era sustentar el hecho de que nuestra actividad genera efectos negativos en la sociedad, con la consecuente carga económica en los presupuestos públicos para el tratamiento de los afectados.

En esta última exposición, se obvian asuntos importantes, tales como la propia definición de ludopatía, además del ya citado origen de datos. De manera intencional, se deja fuera del análisis a la compulsión en el uso de smartphones, tabletas, consolas, además de otras actividades relacionadas con apuestas, como loterías y sport betting, cayendo en el simplismo de la estigmatización trasnochada de que los casinos y salas de juego son sinónimo de centros de vicio. Pocas cosas pueden estar más alejadas de la realidad.

Mientras todo este ataque organizado tenía lugar, se menospreció el escenario actual nacional, de ser una de las industrias más reguladas a nivel Latinoamericano, de ser una actividad con un grado de formalización altísimo, que ni la minería ni la pesquería, por citar dos casos, tienen. Se dejó de ver todo el aparato fiscalizador y los recursos empleados para ello, mientras tendenciosamente se siguió desinformando a la sociedad, buscando una presión mediática.

Esta presión finalmente recibió sus frutos cundo se hace el encargo al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y a la Superintendencia de Administración Tributaria (SUNAT), de gravar con un ISC (Impuesto Selectivo al Consumo, aplicable a bienes suntuarios), a los casinos y máquinas tragamonedas. Es ahí, también, donde se evidenció que ni unos ni otros habían realizado un control y fiscalización efectivos, sea por falta de recursos, conocimiento o ambos. Pero el hecho es que la información recabada ha llevado a una conclusión equivocada de la realidad de la industria en el Perú, lo que ciertamente no puede ser achacado como responsabilidad a un solo lado.






En efecto, esta es una historia donde todos hemos escrito un capítulo; falta de capacidad de comunicar a la sociedad quiénes somos y qué hacemos, falta de racionalidad del Estado para comprender que somos una industria como cualquier otra (y mejor que muchas, inclusive, sin consumir los recursos naturales ni contaminar), falta de los Administradores Públicos para controlar y así comprender nuestro negocio y, claro, mea culpa nuestra por no colaborar con información y datos oportunos.

Este ISC creado por el MEF se asemeja más a un impuesto al activo que a un ISC. Se grava a cada máquina por su promedio de net win del mes, sin importar si éste fue negativo o si el total acumulado del mes es menor que el monto del impuesto aplicable. Entonces se ha dejado de gravar el ingreso para gravar a la maquinaria, es decir, el activo. No hay lugar a segundas interpretaciones, ya que el Estado se asegura un ingreso aún sea que el operador, para esa máquina, no haya generado los ingresos para pagarla.

El razonamiento parece ser que se debe usar la utilidad de otra máquina para cubrir ese déficit. Esto equivale a decir que usemos nuestros ahorros para pagar un impuesto a las ganancias mínimo, aunque no tengamos trabajo y, por tanto, ganancias.

Por otro lado, se han fijado escalas en función de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT, equivalente a algo más de USD 1300) que tampoco parecen tener mucha lógica. Por ejemplo, si una máquina produce hasta USD 150, paga el 6% de la UIT. Pero si produce más de USD 150 (por ejemplo, USD 151), paga 27% de la UIT. Es decir, por ganar USD 1 más de promedio en el mes (USD 30 al mes), debo pagar 21% más de la UIT, lo que equivale a algo más que USD 273. Es decir, esos 30 dólares extras, me cuestan 243 dólares. ¿Cuál es la lógica entonces?

Insisto en mi tesis de que no es el MEF el responsable directo. En un corto plazo y sin datos ni recursos se les ha encargado de manera irrenunciable la tarea de gravar la industria con un impuesto tal que asegure al Tesoro Público un ingreso importante. No importa que la conceptualización del tributo se oriente, por ejemplo, a pensar que toda la operación la conforman super mercados, cuando en realidad hay muchísimas tiendas de conveniencia (estancos de barrio, por aclararlo de una manera), y algunos supermercados. Ese es el tamaño del mercado real, es nuestra situación verídica.





Quisiéramos todos que el tamaño del negocio fuera mayor, pero no lo es. Pensar en recaudar el doble o 50% más al menos solamente porque se necesita, no es razón ni motivo suficiente para aplicar un impuesto.

Recordemos que en la actualidad la recaudación anual por impuesto al juego (que además es un ISC en concepto), llega a los 100 millones de dólares. De ese monto, solamente el 15% va al Tesoro Público, por lo que el Estado, en sí, no se beneficia de nuestra industria. Pero ello no es culpa nuestra, el otro 85% va a los municipios, Instituto Peruano del Deporte y MINCETUR directamente. Nuestra carga impositiva ya es bastante alta, hay que voltear a ver otros sectores que no tributan y recaudar ahí.

Y como si las coincidencias existieran, apenas 48 horas después de promulgado el ISC para los casinos, aparecen dos proyectos de Ley para la Regulación de Apuestas Deportivas y uno para modificar la Regulación de Loterías.






Cualquiera se pregunta por qué no se hizo esto antes, sobre todo cuando MINCETUR tiene meses pugnando por la regulación de las apuestas deportivas y el juego en línea. También es sencillo cuestionar por qué no se gravó con un ISC a estas actividades, juntamente con los casinos.

Estoy en total capacidad de asegurar que este perfecto timing para la presentación de los proyectos de Ley de Regulación de Apuestas Deportivas tomó por absoluta sorpresa al MEF y no ha caído muy bien dentro de su seno. Es claro que la situación se presta a suspicacias, pero la responsabilidad largamente excede de sus atributos.

De la misma manera, el proyecto de Ley de Modificación de la Ley de Loterías tampoco era de su conocimiento. Más aún, ha causado sorpresa que su contenido lo circunscriba nuevamente al Ministerio de la Mujer y Poblaciones vulnerables, no lo obligue al cumplimiento explícito de las regulaciones de prevención de lavados de activos y financiamiento del terrorismo, así como tampoco les imponga mecanismos de control de ludopatía.

Entonces, ¿quién es el gran beneficiado de toda esta seguidilla casi perfecta y milagrosa de acciones mediáticas, desinformación social, incremento de tasas impositivas y por ende encarecimiento de la operación de juegos de casinos y máquinas tragamonedas, y ahora regulación tardía de apuestas deportivas y exclusión de loterías de los regímenes regulares que van a controlar a las demás actividades lúdicas? Es una pregunta interesante con una respuesta bastante evidente.






Pero aún así existe una ventana para crear la equidad que se requiere; el MEF está en capacidad de modificar las tasas vía Decreto Supremo, así como de solicitar la inclusión de otras actividades lúdicas, como apuestas deportivas y loterías, en el régimen especial del ISC.

Por su parte, en los proyectos de Ley presentados para la Regulación de Apuestas Deportivas, es la DGJCMT (Dirección General de Juegos de Casinos y Máquinas Tragamonedas) del MINCETUR la Autoridad Competente, por lo que caerán en el mismo medio ambiente regulatorio que los casinos y máquinas tragamonedas, asegurándonos una equidad en las condiciones operativas.

Faltará, entonces, que como gremio exijamos al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, la imposición de las mismas reglas de juego a la Lotería, para lo que esperamos, ahora sí, tener el liderazgo de nuestro Regulador.

 


 

*José Miguel Chueca,es Consultor Internacional y Director General de JMC Gaming Consultants, pude ser contactado en Cel: +51 9 97300330 y su página www.jmcgamingconsultants.net


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