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FECEAZAR RECHAZA CONTINÚAS Y FALSAS ACUSACIONES DE CNJSA.

Fecha de publicación: 2013-11-18
FECEAZAR RECHAZA CONTINÚAS Y FALSAS ACUSACIONES DE CNJSA.

Este 15 de noviembre de 2013, FECEAZAR en su calidad de vocero  autorizado de las empresas de Apuestas Permanentes (Chance) del país, publicó un extenso comunicado donde desmiente y rechaza los señalamientos hechos por el Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar (CNJSA).

 

Lea aquí el comunicado completo 

 

FECEAZAR RECHAZA CONTINÚAS Y FALSAS ACUSACIONES DE CNJSA

 

Bogotá, noviembre 15 de 2013. La Federación Colombiana de Empresarios de Juegos de Azar – FECEAZAR –,en su calidad de vocero autorizado de las empresas de Apuestas Permanentes (Chance) del país, desmiente  las continuas e insistentes acusaciones hechas por el Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar (CNJSA), según las cuales las empresas operadoras de Chance le adeudan 39 mil millones de pesos a la salud, cifra resultante de un ejercicio de evaluación y calificación de la gestión de  las empresas concesionarias, que adoleció de vicios legales, que no se han corregido aún.

 

A continuación describimos algunos ítems que el Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar, debió tener en cuenta para hacer la calificación y que desafortunadamente no lo hizo, lo cual dio como resultado una calificación que no corresponde a la realidad, en cuanto a la existencia de la supuesta deuda:

 

·         La Ley 643 de 2001 estableció que los operadores de Apuestas Permanentes deben pagar mensualmente el 12% de derechos de explotación sobre sus ingresos brutos.

·         El CNJSA desconoce el tratamiento anualizado para el pago de la rentabilidad mínima y la aplicación de las fórmulas establecidas para su liquidación en el artículo 23 de la Ley 1393 de 2010.

·         CNJSA no cuenta con los indicadores adecuados legalmente para medir las empresas de Apuestas Permanentes.

·         Algunos indicadores de gestión con los que se evalúa a los concesionarios del juego de Apuestas Permanentes, contenidos en la Resolución 5430 de 2009 expedida por el Ministerio de la Protección Social, fueron derogados por la Ley 1393 de 2010, pero inexplicablemente fueron aplicados por el Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar, mediante el Acuerdo 74 de 2013.

·         El CNJSA perdió la competencia para calificar los años 2011 y 2012 por vencimiento de términos, tal como lo disponía la Resolución 5430 de 2009 y lo establece el Acuerdo 74 de 2013, último acto administrativo expedido sobre la materia, que no puede calificar años anteriores a su vigencia.

·         El CNJSA desconoce sus  propias decisiones, al no recordar la expedición del Acuerdo 59 de 2011, que el mismo organismo suscribió, donde se declaraba impedido para evaluar las empresas de Apuestas Permanentes (Chance) debido a las modificaciones que sufrieron los indicadores de gestión  con la expedición de la siguiente normatividad: Decreto Legislativo 130 de 2010, Decreto 1289 de 2010 y Ley 1393 de 2010.

·         El CNJSA viola el derecho constitucional a la defensa, al debido proceso y omite darle cumplimiento al Estatuto de Contratación Pública al pretender erróneamente modificar los valores de los contratos de concesión, algunos de los cuales incluso ya fueron liquidados.

 

Adicionalmente, informamos a la opinión pública que las cifras oficialmente reportadas por los concesionarios de apuestas del país para 2012, dan cuenta de la generación de $270.590.425.487 en IVA y $202.942.819.115 en Derechos de Explotación. Además, los departamentos pudieron gestionar una compensación de $28.883.000.000 ante el Ministerio de Hacienda (Resolución 4127 de 2012), ya que el Legislador previó que los Derechos de Explotación podrían mermar con el aumento en la tarifa del IVA; es decir, que por Derechos de Explotación los departamentos recibieron efectivamente más de $219 mil millones en 2011.

 

Finalmente, debemos aclarara que son las entidades concedentes las competentes para certificar alguna deuda pendiente de sus concesionarios, por cualquier concepto y en ese sentido, FECEAZAR posee todos los soportes administrativos para demostrar que no existe ninguna mora en pagos por derechos de explotación y menos por la cifra anunciada por el CNJSA, entre otras cosas, porque la Ley vigente no admite esa posibilidad.

 

Mayor información:

Luz Mireya Rocha Cantor

Jefe de Comunicaciones

FECEAZAR

 

Móvil 312 4439942 


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