Por la cual se prescriben los formularios para la liquidaci?n, declaraci?n y pago de los Derechos de Explotaci?n y Gastos de Administraci?n de Juegos de Suerte y Azar.
RESOLUCI?N N?MERO 013060
(DIC. 9 DE 2010)
Por la cual se prescriben los formularios para la liquidaci?n, declaraci?n y pago de los Derechos de Explotaci?n y Gastos de Administraci?n de Juegos de Suerte y Azar, explotados por las entidades p?blicas del nivel nacional.
EL DIRECTOR GENERAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
En uso de sus facultades legales, en especial de las que le confieren los numerales 12 y 33 delart?culo 6 del Decreto 4048 de 2008, el art?culo 41 de la Ley 643 de 2001 y el art?culo 19 de laLey 1393 de 2010, y
CONSIDERANDO
Que de conformidad con el art?culo 19 de la Ley 1393 de 2010, a la Direcci?n de Impuestos
y Aduanas Nacionales se le asign? como funci?n, la administraci?n de los derechos de
explotaci?n y gastos de administraci?n sobre los juegos de suerte y azar explotados por
entidades p?blicas del nivel nacional.
Que la administraci?n de estos derechos y gastos comprenden su recaudaci?n, fiscalizaci?n,
liquidaci?n, discusi?n, cobro, devoluci?n, sanci?n y todos los dem?s aspectos relacionados
con el cumplimiento de las obligaciones derivadas de los derechos de explotaci?n y gastos
de administraci?n y que para dicho efecto se podr? hacer uso de todas las facultades
contempladas en el Estatuto Tributario.
Que de conformidad con el art?culo 41 de la Ley 643 de 2001, los concesionarios y los
autorizados para operar juegos de suerte y azar tendr?n la obligaci?n de liquidar, declarar
y pagar los derechos de explotaci?n mensualmente ante la entidad competente para la
administraci?n del respetivo juego del monopolio o las autoridades departamentales,
distritales o municipales, seg?n el caso.
Que de acuerdo con el art?culo 578 del Estatuto Tributario la declaraci?n tributaria se
presentar? en los formatos que prescriba la Direcci?n de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Que para facilitar el cumplimiento de la obligaci?n de liquidar, declarar y pagar los derechos
de explotaci?n y gastos de administraci?n de los juegos de suerte y azar, explotados por las
entidades p?blicas del nivel nacional, se hace necesario que la misma se efect?e en forma
virtual a trav?s de los servicios inform?ticos electr?nicos dispuestos por la entidad.
RESUELVE
ART?CULO 1. Prescribir a partir del 1? de enero de 2011 para la presentaci?n de la ?Declaraci?n
Derechos de Explotaci?n y Gastos de Administraci?n de Juegos de Suerte y Azar?,
correspondiente al mes de diciembre del a?o 2010 y al a?o 2011, el Formulario Modelo N?
320, cuyo n?mero preimpreso inicia con 2011, dise?o que forma parte de esta Resoluci?n.
Este formulario es de uso obligatorio para las personas jur?dicas o asimiladas y/o personas
naturales que conforme con lo establecido en la Ley 643 de 2001 y la Ley 1393 de 2010,
tengan la obligaci?n de liquidar, declarar y pagar los derechos de explotaci?n y gastos de
administraci?n de los juegos de suerte y azar, explotados por las entidades p?blicas del nivelnacional.
ART?CULO 2. Prescribir a partir del 1? de enero de 2011 como ?Recibo Oficial de Pago Derechos
de Explotaci?n y Gastos de Administraci?n de Juegos de Suerte y Azar?, el Formulario Modelo
N? 495, cuyo n?mero preimpreso inicia con 2011, dise?o que hace parte de la presente
Resoluci?n.
Este recibo debe utilizarse por todas las personas naturales y jur?dicas o asimiladas, que
efect?en pagos por concepto de Derechos de Explotaci?n y Gastos de Administraci?n de
Juegos de Suerte y Azar explotados por las entidades p?blicas del nivel nacional.
ART?CULO 3. El diligenciamiento y la presentaci?n de la ?Declaraci?n de Derechos de
Explotaci?n y Gastos de Administraci?n de Juegos de Suerte y Azar?, debe hacerse en forma
virtual a trav?s de los servicios inform?ticos electr?nicos dispuestos por la entidad, utilizando
el mecanismo de firma respaldada por el correspondiente certificado digital emitido por la
Direcci?n de Impuestos y Aduanas Nacionales o por entidades externas, evento en el cual su
uso debe estar previamente autorizado por la DIAN.
ART?CULO 4. En casos de contingencia seg?n lo disponga la Direcci?n de Impuestos y Aduanas
Nacionales, la declaraci?n ?Derechos de Explotaci?n y Gastos de Administraci?n de Juegos de
Suerte y Azar? y el Recibo Oficial de Pago ?Derechos de Explotaci?n y Gastos de Administraci?n
de Juegos de Suerte y Azar?, podr?n presentarse en forma litogr?fica utilizando los formularios
Modelos No 320 y 495 aqu? prescritos, los cuales tendr?n un valor de venta al p?blico de seis
mil pesos ($6.000.oo) y mil cien pesos ($1.100.oo) moneda legal colombiana, respectivamente.
En este evento, el declarante queda obligado a entregar la informaci?n de la hoja N? 2 a
la Direcci?n de Impuestos y Aduanas Nacionales, mediante el servicio de presentaci?n de
informaci?n por env?o de archivos, al d?a siguiente del restablecimiento de las circunstancias
que ocasionaron la contingencia.
ART?CULO 4. Vigencia. La presente Resoluci?n rige a partir de la fecha de su publicaci?n.
PUBL?QUESE Y C?MPLASE
Dada en Bogot? D. C., a los
(Original Firmado)
JUAN RICARDO ORTEGA LOPEZ
Director General
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