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Resolucion No. 461 del 19 de Enero de 2011

Fecha de publicación: 2011-01-31
Derechos de explotaci?n: solamente son v?lidos si se pagan completos.

Resolucion No. 461 del 19 de Enero de 2011 por la cual se suspenden t?rminos procesales en actuaciones administrativas desarrolladas en el proceso de cobro coactivo de los expedientes entregados por la Empresa Territorial para la Salud ETESA en Liquidaci?n a la Direcci?n de Impuestos y Aduanas Nacionales.

Unidades Administrativas Especiales

Direcci?n de Impuestos y Aduanas Nacionales

Resoluciones

RESOLUCI?N N?MERO 0000461 DE 2011

(Enero 19)

Por la cual se suspenden t?rminos procesales en actuaciones administrativas desarrolladas en el proceso de cobro coactivo de los expedientes entregados por la Empresa Territorial para la Salud ETESA en Liquidaci?n a la Direcci?n de Impuestos y Aduanas Nacionales. El Director General de Impuestos y Aduanas Nacionales, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el numeral 18 del art?culo 6? del Decreto 4048 de 2008,

CONSIDERANDO:

Que mediante el art?culo 19 de la Ley 1393 del 12 de julio de 2010, se asign? a la Di? recci?n de Impuestos y Aduanas Nacionales ? DIAN, como funci?n la administraci?n de los derechos de explotaci?n y gastos de administraci?n sobre los juegos de suerte y azar explotados por entidades p?blicas del nivel nacional.

Que la administraci?n de estos derechos y gastos comprenden su recaudaci?n, fiscali? zaci?n, liquidaci?n, discusi?n, cobro, devoluci?n, sanci?n y todos los dem?s aspectos rela? cionados con el cumplimiento de las obligaciones derivadas de los derechos de explotaci?n y gastos de administraci?n y que para dicho efecto podr? hacer uso de todas las facultades contempladas en el Estatuto Tributario, as? como ejercer las funciones de Polic?a Judicial de conformidad con las normas vigentes.

Que el Decreto 2676 del 26 de julio de 2010, modific? el Decreto 175 de 2010, y dispuso que la Empresa Territorial para la Salud, ETESA en liquidaci?n, continuar?, hasta el 31 de diciembre de 2010, ejerciendo las funciones se?aladas en el inciso 2? del art?culo 3? del Decreto 175 del 25 de enero de 2010, con excepci?n de las fijadas por los art?culos 14 y 20 de la Ley 1393 del a?o 2010 a la Superintendencia Nacional de Salud y a la Direcci?n de Impuestos y Aduanas Nacionales ? DIAN.

Que el art?culo 209 de la Constituci?n Pol?tica establece que la funci?n administrativa est? al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, econom?a, celeridad, imparcialidad y publicidad. Adem?s las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumpli? miento de los fines del Estado.

Que el art?culo 209 de la Constituci?n Pol?tica establece que la funci?n administrativa est? al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, econom?a, celeridad, imparcialidad y publicidad. Adem?s las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumpli? miento de los fines del Estado.

Que el numeral 18 del art?culo 6? del Decreto 4048 del 22 de octubre de 2008, faculta al Director General para disponer la suspensi?n de los t?rminos en los procesos adminis? trativos en curso, cuando las circunstancias lo exijan, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes.

Que debido al volumen de expedientes que ser?n recibidos por la Direcci?n de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, se hace necesario analizar los documentos que reposan en los mismos, con el objeto de determinar su situaci?n jur?dica y la competencia de la Direcci?n Seccional que debe adelantar el correspondiente proceso de cobro.

Que es necesario desarrollar el proceso log?stico para la puesta en marcha de la com? petencia asignada a la entidad, que comprende, entre otras actividades, el traslado a las Direcciones Seccionales, el ajuste de los aplicativos inform?ticos de control de los expe? dientes, la selecci?n del personal que adelantar? el proceso de cobro y la capacitaci?n sobre el r?gimen propio del monopolio rent?stico de juegos de suerte y azar consagrado en la Ley 643 del 16 de enero de 2001.

Que por lo anterior y a fin de salvaguardar los derechos de los responsables de las obli? gaciones derivadas de la explotaci?n de los juegos de suerte y azar administrados por las entidades p?blicas del nivel nacional en los procesos de cobro coactivo, se hace necesario suspender los t?rminos de las actuaciones procesales desarrolladas en los mismos.

En consecuencia, el Director General de la Direcci?n de Impuestos y Aduanas Nacionales, RESUELVE:

Art?culo 1?. Suspender los t?rminos procesales en actuaciones administrativas desarrolla?das en el proceso de cobro coactivo de los expedientes entregados por la Empresa Territorial para la Salud ETESA en Liquidaci?n a la Direcci?n de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, por el t?rmino de treinta (30) d?as h?biles, contados a partir del d?a siguiente de la fecha de publicaci?n de la presente resoluci?n.

Art?culo 2?. Vigencia. La presente resoluci?n rige a partir de la fecha de su publicaci?n. Publ?quese y c?mplase. Dada en Bogot?, D. C., a 19 de enero de 2011. El Director General, Juan Ricardo Ortega L?pez


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