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Porque no se puede reabrir los Casinos y Bingos en los municipios aún

Fecha de publicación: 2020-05-08
Porque no se puede reabrir los Casinos y Bingos en los municipios aún

Decreto 636 de Mayo 2020. Estimados(as) lectores(as) me escribe el señor Giovani Camargo y me pregunta:

“Buen día, para cuando estaría provisto la apertura de los casinos??? o esto está sujeto a la documentación que pase casa empresa ?????” (Transcripción literal)





Al igual que muchos(as) operadores(as) o comerciantes en general el señor Giovani quisiera iniciar operaciones cuanto antes, lo cual no es posible , al menos de la manera en que normalmente se haría. Al tratarse de una situación nueva y ajena a todo lo preceptuado en la ley las dispociones de la lógica cambian para afrontar el contagio del COVID-19 .

Con la promulgación del Decreto 636 de Mayo 2020 se habilita el inicio de ciertas actividades en procura de regresar lentamente a la actividad productíva de cada región sin exponer a los(las) ciudadanos(as) al contagio evitando aglomeraciones o altas concentraciones de personas.

Es así como:

1. Eventos de carácter público o privado que impliquen aglomeración de personas


2. Los establecimientos y locales comerciales de esparcimiento y diversión, de baile, ocio y entretenimiento y de juegos de azar y apuestas tales como casinos, bingos y terminales de juego de video. 

3. Los establecimientos y locales gastronómicos permanecerán cerrados y solo podrán ofrecer sus productos a través de comercio electrónico, por entrega a domicilio o por entrega para llevar.


4. Gimnasios, piscinas, canchas deportivas, polideportivos, parques de atracciones mecánicas y parques infantiles

5. La práctica deportiva y ejercicios grupales en parques públicos y áreas de recreación, deportes de contacto o que se practiquen en conjunto. 


No están contempladas en dicho decreto dado que cada una de estas deberá tener un manejo distinto en pos de contener la propagación.

Hace ya tres días el equipo de Mundo Video Corp presentó a Coljuegos el protocolo más completo hasta ahora desarrollado (lealo aquí) para los juegos localizados y se espera que sea adoptado por la entidad para que a su vez sea aprobado por el Ministerio de Salud y entonces sea aplicable a la industria de Juegos de Suerte y Azar.

Con el Decreto 636 de mayo de 2020 los(las) alcaldes(as) podrán solicitar al Ministerio del Interior el levantamiento de la medida de aislamiento preventivo obligatorio siempre y cuando el Ministerio de Salud y Protección Social certifique la condición de no afectación por el virus en el territorio. 

 

Es así señor Giovani que la reapertura de los Casinos y juegos de suerte y azar NO depende de la documentación aportada por cada empresa ; depende de la publicación del protocolo de Bioseguridad por parte del MinSalud y en ese momento SÍ ,cada empresario(a) deberá adaptarlo a su establecimiento para a su vez presentarlo cuando sea exigído por la autoridad local para proceder a la apertura de los Casinos y Salas de Juegos de Suerte y Azar.

Espero haya sido clara la explicación, gracias por escribirnos

Laura Ardila Bendek

Preguntas juridico@mundovideo.com.co

 

Le dejo el Decreto 636 de mayo de 2020 para que lo lea

















































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