Apreciados lectores, muchas personas sin saber, este año tienen que declara el impuesto de renta, aquí les explicamos que debe tener en cuenta para hacerlo.
La Dian publicó en su sitio web un aplicativo para, que de manera didáctica, pueda ayudar a los contribuyentes a determinar si siendo persona natural con residencia fiscal en Colombia están obligados o no a presentar declaración de impuesto sobre la renta y complementarios para el año gravable 2015.
La DIAN plantea cinco preguntas, si responde afirmativamente a por lo menos una de ellas, está obligado a declarar:
1. ¿Obtuvo en el 2015 ingresos brutos iguales o superiores a $ 39´591.000?
2. ¿Su patrimonio bruto a diciembre 31 del 2015 fue superior a $ 127´256.000?
3. Durante el año gravable 2015 realizó compras y/o consumos en efectivo, con tarjetas crédito, préstamos o por cualquier otro medio de pago de bienes como casa, apartamentos lotes, vehículos u otros activos y/o consumo de bienes por más de $ 79´181.000.
4. ¿Realizó consignaciones en sus cuentas bancarias depósitos o inversiones financieras durante 2015 por más de $ 127´256.000?
5. ¿Es responsable del IVA en el régimen común al cierre del año gravable 2015?
Recuerde que unos Ingresos brutos de $ 39´591.000 representarían un ingreso mensual de $ 3.299.250.
Es oportuno recordar que, a través del Decreto 2243 del 2015, la administración tributaria definió los plazos para la presentación de las declaraciones y pago de los impuestos administrados por la Dian para el 2016. Las personas naturales residentes en el exterior deberán presentar la declaración en forma electrónica y dentro de los plazos señalados.
Los vencimientos para cumplir con la obligación de declarar y/o pagar comenzarán el 9 de agosto y terminarán el 19 de octubre del 2016, de acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT, y son los siguientes:
Dos últimos |
Hasta el día |
99 y 00 |
9 de agosto de 2016 |
97 y 98 |
10 de agosto de 2016 |
95 y 96 |
11 de agosto de 2016 |
93 y 94 |
12 de agosto de 2016 |
91 y 92 |
16 de agosto de 2016 |
89 y 90 |
17 de agosto de 2016 |
87 y 88 |
18 de agosto de 2016 |
85 y 86 |
19 de agosto de 2016 |
83 y 84 |
22 de agosto de 2016 |
81 y 82 |
23 de agosto de 2016 |
79 y 80 |
24 de agosto de 2016 |
77 y 78 |
25 de agosto de 2016 |
75 y 76 |
26 de agosto de 2016 |
73 y 74 |
29 de agosto de 2016 |
71 y 72 |
30 de agosto de 2016 |
69 y 70 |
31 de agosto de 2016 |
67 y 68 |
1º de septiembre de 2016 |
65 y 6 |
2 de septiembre de 2016 |
63 y 64 |
5 de septiembre de 2016 |
61 y 62 |
6 de septiembre de 2016 |
59 y 60 |
7 de septiembre de 2016 |
57 y 58 |
8 de septiembre de 2016 |
55 y 56 |
9 de septiembre de 2016 |
53 y 54 |
12 de septiembre de 2016 |
51 y 52 |
13 de septiembre de 2016 |
49 y 50 |
14 de septiembre de 2016 |
47 y 48 |
15 de septiembre de 2016 |
45 y 46 |
16 de septiembre de 2016 |
43 y 44 |
19 de septiembre de 2016 |
41 y 42 |
20 de septiembre de 2016 |
39 y 40 |
21 de septiembre de 2016 |
37 y 38 |
22 de septiembre de 2016 |
35 y 36 |
23 de septiembre de 2016 |
33 y 34 |
26 de septiembre de 2016 |
31 y 32 |
27 de septiembre de 2016 |
29 y 30 |
28 de septiembre de 2016 |
27 y 28 |
29 de septiembre de 2016 |
25 y 26 |
30 de septiembre de 2016 |
23 y 24 |
3 de octubre de 2016 |
21 y 22 |
4 de octubre de 2016 |
19 y 20 |
5 de octubre de 2016 |
17 y 18 |
6 de octubre de 2016 |
15 y 16 |
7 de octubre de 2016 |
13 y 14 |
10 de octubre de 2016 |
11 y 12 |
11 de octubre de 2016 |
9 y 10 |
12 de octubre de 2016 |
7 y 8 |
13 de octubre de 2016 |
5 y 6 |
14 de octubre de 2016 |
3 y 4 |
18 de octubre de 2016 |
1 y 2 |
19 de octubre de 2016 |
Recuerde señor operador si contesto afirmativamente alguna de estas preguntas, verfique sus respectivos digitos de su NIT y enterese de la fecha en la cual debe presentar y declarar el impuesto a la Renta, el no hacerlo le acarreara consecuencias graves con la DIAN.
Laura Ardila Bendek
Preguntas juridico@mundovideo.com.co

