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Coljuegos publica respuestas a comentarios de Juegos por Internet

Fecha de publicación: 2019-10-08
Coljuegos publica respuestas a comentarios de Juegos por Internet

Coljuegos recientemente publico las respuestas a las observaciones que los actores interesados le enviaron sobre el proyecto que modifica el acuerdo 04 del 2016 para aprobar el reglamento de los juegos operados por internet, en donde permite que los operadores ofrezcan:

 




1. Máquinas tragamonedas o de azar.
2. Ruleta
3. Black Jack.
4. Baccarat
5. Bingo
6. Póker.
7. Juegos Virtuales (Que pueden ser apuestas sobre eventos reales deportivos, o eventos reales no deportivos)


Entre los comentarios que más se enviaron se pidió aclaración sobre la parte en la que coljuegos establece no autoriza juegos virtuales cuya representación gráfica represente juegos lotéricos o numéricos, ni ningún evento que represente actos violentos o que atenten contra la dignidad de las personas.

A lo que coljuegos explico que:

  

“Teniendo en cuenta que la representación grafica que ofrece la realidad virtual es variada, no existe una lista de juegos permitidos, lo anterior debido a que los juegos virtuales son una representación gráfica de un evento real, en ese sentido, las disciplinas deportivas que se encuentran avaladas por federaciones y asociaciones a nivel mundial no se encuentran dentro de la prohibición normativa. No obstante, se hace la salvedad de que los juegos virtuales que se ofrezcan no deben representar actos violentos o que atenten contra la dignidad de las personas. Adicionalmente, es importante indicar que para este tipo de juegos se debe tener en cuenta lo previsto en la legislación colombiana, particularmente lo previsto en el artículo 4 de la Ley 643 de 2001.”

Por otro lado, a la entidad se le pidió que “correlacione el término “Juegos Virtuales” con la modalidad localizada denominada Apuestas en Carreras y Deportes Virtuales (ACDV), al considerarlo pertinente con el fin de evitar una disociación entre ambas modalidades del juego. Es decir que se utilice el mismo nombre ACDV tanto para referirse al juego aprobado en los Acuerdos Nro 14 de 2013 y Nro 06 de 2014 tanto como en el presente acuerdo, pero teniendo la salvedad que unos son ACDV operados por Internet y otros son ACDV localizados, esto teniendo en cuenta que son los mismos juegos, pero con diferente canal de comercialización.”

A este comentario, coljuegos respondió que “Teniendo en cuenta que el juego ACDV, aprobado en por medio del Acuerdo 14 de 19 de noviembre de 2013, modificado por el Acuerdo 22 de julio de 2014, es un juego de tipo localizado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 643 de 2001. Los ACDV cuentan con un esquema de operación diferente al de los juegos operados por internet los cuales tiene fundamento en el artículo 38 de la Ley 643 de 2001, modificado por el artículo 93 de la Ley 1753 de 2015 y reglamentados mediante Acuerdo 04 de 24 de mayo 2016, modificado por el Acuerdo 02 de 28 de 2019. En conclusión, COLJUEGOS considera adecuada la expresión "Juegos Virtuales" utilizada en el proyecto de modificación del Acuerdo 02 de 2016 para diferenciar ambos juegos.”







Finalmente, otro de los aspectos que más llamó la atención de esta publicación, fue coljuegos destaco que el juego casino live, contemplado dentro del portafolio de juegos online en otras jurisdicciones, está siendo analizado por la Vicepresidencia de Desarrollo Comercial, para verificar su viabilidad e inclusión dentro del marco legal y operativo del Acuerdo 04 de 2016, modificado por el Acuerdo 02 de 2019.

A continuación, dejamos a su disposición el documento con todas las respuestas y observaciones por parte de Coljuegos, y los actores interesados.







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