ADS-1A
  • Mi Cuenta     Crear Cuenta
  • English Version
ADS-2A
Logo MVE
ADS-2B
MIS FAVORITOS
Debes tener una cuenta ( Grátis ) para poder agregar cualquiera de nuestras publicaciones en esta zona de favoritos y asi encontrarlas rápidamente

ACCESOS DIRECTOS
Cargando...
ADS-30

Coljuegos activa devolución de saldos de Bingocasinos.co

Fecha de publicación: 2026-10-07

Coljuegos abrió un procedimiento para que los antiguos usuarios de Bingocasinos.co con saldos pendientes soliciten la revisión y eventual devolución de su dinero, según una comunicación oficial publicada el 3 de octubre de 2026 y modificada por última vez el 2 de octubre. La página registraba 306 visitas al momento de la consulta.

La Empresa Industrial y Comercial del Estado Administradora del Monopolio Rentístico de los Juegos de Suerte y Azar pidió a quienes hayan sido usuarios o apostadores de la plataforma Bingocasinos.co y mantengan recursos pendientes en sus cuentas contactar directamente a la entidad a través del correo oficial contactenos@coljuegos.com.co.

Para iniciar la revisión, Coljuegos exige anexar una copia del documento de identidad, ya sea cédula de ciudadanía (C.C.) o cédula de extranjería (C.E.), además de un certificado bancario reciente, expedido con una antigüedad máxima de 30 días y correspondiente a una cuenta a nombre del titular de la cuenta de juego.

El procedimiento busca validar la identidad del reclamante, comprobar la titularidad bancaria y revisar individualmente los saldos que quedaron pendientes dentro de Bingocasinos.co antes de definir su devolución.

La comunicación oficial no establece en la pieza publicada un monto mínimo o máximo de reclamación, tampoco fija un plazo final para presentar solicitudes, número total de jugadores afectados, valor agregado de los saldos pendientes ni fecha específica para realizar los pagos.

La actuación queda centralizada directamente en Coljuegos, autoridad nacional encargada de la administración y control del monopolio rentístico de juegos de suerte y azar en Colombia. La entidad advierte expresamente que el trámite debe realizarse mediante su correo institucional, acompañando la documentación exigida para que cada caso pueda ser revisado.


¿Cómo te parecio este articulo?
Este articulo me gusta
100%
Este articulo no me gusta
0%
Este articulo me encanto
0%

ADS-32


ADS-33
ADS-36
ADS-37
Cerrar ventana
ADS-3A
ADS-3B
>> Cerrar X
>> Cerrar [ X ]
ADS-25
Hablemos!