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Perú aprueba protocolo de Bioseguridad para Casinos

Fecha de publicación: 2020-09-29
Perú aprueba protocolo de Bioseguridad para Casinos

El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo peruano (Mincetur) aprobó el “Protocolo sanitario sectorial ante el covid-19 para salas de juego”, el cual será exigido cuando entre en vigor la norma que reactive las salas de juego o casinos.




La reanudación de las actividades de juegos de suerte y azar, serán aprobadas en una norma posterior, en la medida que no forman parte del anexo del Decreto Supremo N° 157-2020-PCM

A través de la Resolución Ministerial N° 196-2020-Mincetur, publicada el dia de ayer en el diario oficial El Peruano, se indica que el protocolo sanitario en mención es de aplicación complementaria al documento técnico “Lineamientos para la vigilancia, prevención y control de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a covid-19”.


De acuerdo con el protocolo, los casinos podrán volver a sus actividades con un aforo máximo de hasta el 50%. En este sentido, las principales medidas que se deberán cumplir son las siguientes:

- Elaborar un plan de vigilancia y prevención ante el Covid-19.
- Realizar la toma de temperatura antes de permitir el ingreso de personas en la sala de juego.
- Garantizar el acceso a los puntos de desinfección del calzado y lavado de manos antes de ingresar a la sala.
- Efectuar toma de temperatura antes del ingreso a la sala
- Efectuar el programa de limpieza y desinfección de todas las áreas.
- Desinfectar las tragamonedas, sillas y mesas de juego luego de su uso.
- La sala de juego deberá mantenerse ventilada de forma natural o garantizar la recirculación de aire limpio.
- Es obligatorio en todo momento el uso de mascarilla.



En cuanto a la distancia, debe ser una prioridad garantizar y mantener una distancia social de 1 metro entre las personas por lo que las máquinas deben estar colocadas en dicha distancia.


Además, se reemplazarán los naipes de acuerdo con reglamento del juego y las cajas móviles quedarán suspendidas hasta nuevo aviso. No se brindará atención a los clientes que no cumplan con medidas preventivas de seguridad.

Para el personal, debe realizarse un registro de su información para obtener la trazabilidad en el caso en que se sospeche o se confirme el contagio de Covid-19. Finalmente, los proveedores de estas empresas deben tener una constancia de reanudación de actividades de acuerdo con los protocolos Covid-19.

La fase 4 de la reactivación económica dentro del marco de la declaratoria de emergencia sanitaria y establece que las actividades previstas serán aprobadas de forma progresiva durante las próximas semanas.

A continuación, el documento completo .





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