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  ¿Qué es el Registro Único de Beneficiarios Finales? 




¿Qué es el Registro Único de Beneficiarios Finales?
Fuente: Laura Ardila Bendek
Publicado: 2023-06-02

El Registro Único de Beneficiarios Finales (RUB) es una obligación formal a través de la cual las personas jurídicas, y estructuras sin personería jurídica, o similares, deben suministrar la información de las personas naturales beneficiarios finales. Este registro es parte integral del Registro Único Tributario (RUT) y constituye el único mecanismo para suministrar la información relativa a los beneficiarios finales.

Esto a raíz de que varios(as) operadores(as) han recibido correos de la DIAN solicitando y dando plazo para la presentación del informe. Es de anotar que TODAS LAS EMPRESAS creadas antes del 31 de Mayo del 2023 deberán hacerlo.

 

1. ¿Quiénes están obligados a reportar?

De acuerdo a la Resolución DIAN No. 164 del 27 de diciembre de 2021, se encuentran obligadas a identificar, obtener, conservar, suministrar y actualizar la información concerniente con el Registro Único de Beneficiarios Finales, los siguientes:

 

Sociedades y entidades nacionales con o sin ánimo de lucro, de conformidad con lo establecido en el artículo 12-1 del Estatuto Tributario, incluyendo aquellas cuyas acciones se encuentren inscritas o listadas en una o más bolsas de valores.

- Establecimientos Permanentes de conformidad con lo establecido en el artículo 20-1 del Estatuto Tributario.

- Estructuras sin personería jurídica o similar, en cualquiera de los siguientes casos: Las creadas o administradas en la República de Colombia, las que se rijan por las normas de la República de Colombia y, las que su fiduciario o posición similar o equivalente sea una persona jurídica, nacional o persona natural, residente fiscal en la República de Colombia.

 

 

 2. ¿Quiénes no están obligados a suministrar información en el RUB?

Las siguientes personas jurídicas y estructuras sin personería jurídica o similar no se encuentran obligadas a suministrar la información de Beneficiarios Finales:

 

- Entidades, establecimientos u organismos públicos, entidades descentralizadas y sociedades nacionales en las que el cien por ciento (100%) de su participación sea público.

- Embajadas, misiones diplomáticas, oficinas consulares, organizaciones u organismos internacionales acreditados por el Gobierno nacional.

 

3. ¿Cuáles son los criterios para la determinación del beneficiario final?

 Será beneficiario final la persona natural que cumpla con alguno de los siguientes criterios:

 

- Ser titular (directa o indirectamente) del 5% o más del capital o los derechos de voto.

- Que se beneficie en un 5% o más de los activos, rendimiento o utilidades.

- Ejerza control por medios diferentes a los señalados anteriormente.

- Cuando no se identifique ningún beneficiario final bajo los criterios señalados, se considerará como beneficiario final al representante legal, o a quien ostente una mayor autoridad en relación con las funciones de gestión o dirección de la persona jurídica.

 

Es necesario señalar que, si los accionistas de la Persona Jurídica obligada al RUB son otras personas jurídicas, se deberá requerir a estas la información de su composición accionaria, y así sucesivamente hasta llegar a la persona natural final.

Así mismo, los porcentajes que se deben indicar en el RUB deben corresponder a los porcentajes de participación o beneficio de cada beneficiario final, considerados de manera individual y no conjuntamente.

Por último, si después de haber agotado todos los actos necesarios para la identificación de los beneficiarios finales (debida diligencia), no fuese posible identificar a uno o más de estos, se deberá indicar tal situación en el Registro Único de Beneficiarios Finales (RUB) y exponer los motivos que sustenten dicha situación.

 

4. ¿Qué contiene el Registro Único de Beneficiarios Finales?

Los obligados a suministrar información en el RUB deberán indicar la siguiente información respecto de cada uno de sus beneficiarios finales, según el caso:

 

- Tipo de documento.

- Número de identificación y país de expedición.

- Número de Identificación Tributaria (NIT) o equivalente funcional y país de expedición.

- Nombres y apellidos.

- Fecha y país de nacimiento.

- País de nacionalidad.

- Ubicación, incluyendo la siguiente información: País de residencia, departamento o estado, ciudad, dirección, código postal, correo electrónico.

- Criterios de determinación del beneficiario final.

- Porcentaje de participación en el capital de la persona jurídica.

- Porcentaje de beneficio en los rendimientos, resultados o utilidades de la persona jurídica, estructura sin personería jurídica o similar.

- Fecha desde la cual tiene la calidad de beneficiario final o existe la condición.

- Fecha desde la cual deja de tener la calidad de beneficiario final o de existir la condición.

 

Para lo anterior, se recomienda remitir un formato a las personas naturales identificadas como beneficiarios finales para que diligencien todos los datos requeridos.

Esta información debe ser suministrada por medio de los formatos 2687 y 2688 mediante el sistema informativo de la DIAN. Con el formato 2687 “Reporte Beneficiarios Finales” se realiza el cargue de la información de los beneficiarios de forma individual en el servicio de Registro Único de Beneficiarios Finales – RUB.

 

5. ¿Debo actualizar el RUT para el cumplimiento del Registro Único de Beneficiarios Finales?

 Las personas jurídicas, estructuras sin personerías jurídicas (ESPJ) o similares deberán actualizar su Registro Único Tributario, incluyendo la obligación 55, la cual corresponde a “Informante Beneficiarios Finales”. 

 

6. ¿Puedo actualizar la información reportada en el RUB?

La actualización deberá efectuarse de manera electrónica, a través de los sistemas informáticos de la DIAN, determinando si, al primer (1°) día de los meses de enero, abril, julio y octubre de cada año, hubo modificaciones respecto de la información suministrada en el Registro Único de Beneficiarios Finales (RUB).

 

 7. ¿Debo conservar la información reportada en el RUB?

 Los obligados a suministrar información en el Registro Único de Beneficiarios Finales deberán conservar los soportes de la información suministrada y la debida diligencia realizada, por el término de 5 años, contados a partir del 1° de enero del año siguiente en que se suministra, mantiene, actualiza o elimina la información en el RUB.

 

 8. ¿Cuál es el plazo para suministrar la información?

El suministro inicial de la información por parte de las personas jurídicas, estructuras sin personería jurídica, o similares, constituidas o creadas con anterioridad al 31 de mayo de 2023, debe hacerse a más tardar el 31 de julio de 2023. En caso de que las personas jurídicas, estructuras sin personería jurídica o similares sean constituidas o creadas a partir del 1 de junio de 2023, deberán suministrar la información del RUB dentro de los dos (2) meses siguientes a la fecha de inscripción en el RUT.

 

9. ¿Existe un régimen sancionable?

Frente al Registro Único de Beneficiarios Finales se pueden generar las siguientes sanciones:

 

- Cuando el obligado a suministrar información en el RUB, no la suministre, la suministre de manera errónea o incompleta, y/o no la actualice, será sancionado según lo previsto en el artículo 658-3 del Estatuto Tributario, es decir, se clausurará el establecimiento, sede, local, negocio u oficina, por un (1) día por cada mes o fracción de mes de retraso en el suministro, o se le impondrá una multa equivalente a una (1) Unidad de Valor Tributario (UVT) por cada día de retraso en el suministro para quienes no tengan establecimiento, sede, local, negocio u oficina.

- Cuando la información suministrada corresponda a datos falsos, incompletos o equivocados, la multa será el pago de cien (100) UVT.

- Si no se suministra la información relativa a la debida diligencia o el contenido presenta errores o no corresponde a lo solicitado, habrá lugar a la aplicación de las sanciones contempladas en el artículo 651 del Estatuto Tributario.

- Cuando las personas jurídicas, estructuras sin personería jurídica o similares no suministren la información y/o suministren información falsa al obligado a suministrar la información en el Registro Único de Beneficiarios Finales, podrán ser objeto de sanciones civiles y/o penales de acuerdo con la legislación nacional.

 

El abuso en las obligaciones de suministro de información” se entenderá como provecho tributario contenido en el artículo 869 del Estatuto Tributario y todas las demás sanciones a que haya lugar determinadas por el estatuto tributario.

Laura Ardila Bendek

Preguntas juridico@mundovideo.com.co

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Denuncia Perdida de documentos ya no es necesaria 

¿Qué es el Registro Único de Beneficiarios Finales?

Policía Nacional. Ya no es necesario reportar la pérdida de los documentos de identidad en la página web de la Policía Nacional.

¿Qué se debe hacer en caso de pérdida de documentos como: cédula de ciudadanía, tarjeta de identidad, libreta militar, licencia de conducción, pasaporte, facturas, recibos y otros?

Solamente deberá el(la) afectado(a) acercarse a la entidad correspondiente y solicitar el duplicado (esto puede tener algún costo dependiendo de la entidad). Y en ningún caso le deberán exigir copia de denuncia o constancia por pérdida

Para el caso de la cédula de ciudadanía hay tres formas de obtener el duplicado: 

1. Trámite en línea: modalidad web con pago electrónico (PSE).

2. Trámite presencial: modalidad de duplicado web asistido en oficina.

3. Trámite presencial: modalidad de captura de datos.

Con cualquiera de estas opciones se deberán pagar $46.050, aunque con la actual opción de cédula digital el valor es de $ 55.750. 

Características nueva cédula digital

Esta cédula se podrá obtener, de acuerdo con la Registraduría, desde la primera semana de diciembre del 2022, y los(as) ciudadanos(as) podrán agendar cita en las registradurías del país habilitadas para la expedición de este documento de identidad. Cabe recordar que este documento será obligatorio a partir del segundo trimestre de 2023.

Como era el procedimiento anteriormente

Cuando un(a) ciudadano(a) extravia un documento por pérdida o robo, el trámite obligado era ingresar a la página oficial de la Policía Nacional y llenar un formulario en el que se suministraban datos personales, datos de los documentos perdidos y las circunstancias en las que se perdieron. Acto seguido, la página generaba un paz y salvo que se debía presentar en las entidades respectivas para solicitar el duplicado del documento.

 

Laura Ardila Bendek

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Alquiler y Arrendamiento, diferencia. 

¿Qué es el Registro Único de Beneficiarios Finales?

 

 

El alquiler y el arrendamiento son dos conceptos que se refieren a la relación entre un propietario de un bien (por lo general, una propiedad inmobiliaria) y una persona que desea utilizar ese bien a cambio de un pago.

 

 

Sin embargo, existen algunas diferencias clave entre el alquiler y el arrendamiento.

 

Alquiler

El alquiler se refiere a una situación en la que una persona paga a otra persona por el uso temporal de un bien. Por ejemplo, si alquila una casa o un apartamento, estará pagando a la persona que es dueña de esa propiedad por el derecho a vivir allí por un cierto período de tiempo.

Al final del período de alquiler, el inquilino debe dejar de utilizar el bien y devolvérselo al propietario.

¿Depósito en dinero para arrendamiento de predio es legal?

 

Arrendamiento

El arrendamiento se refiere a una situación en la que una persona paga a otra persona por el uso a largo plazo de un bien. Por ejemplo, si arrenda una tienda comercial, estará pagando al propietario de esa propiedad por el derecho a utilizarla como lugar de negocio durante un período de tiempo prolongado, como un año o más.

 

Al final del arrendamiento, el arrendatario puede optar por renovar el contrato o dejar de utilizar el bien.

Resumen, la principal diferencia entre el alquiler y el arrendamiento es la duración del período de uso del bien. El alquiler suele ser a corto plazo, mientras que el arrendamiento es a largo plazo.


Laura Ardila Bendek

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Consecuencias de la NO RENOVACIÓN de la cámara de Comercio 

¿Qué es el Registro Único de Beneficiarios Finales?

No renovación Cámara de Comercio. Estimados(as) Lectores(as) me preguntan de cuales son las consecuencias de No renovar la cámara de Comercio, una de ellas es que la Supersociedades puede ordenar la liquidación de la sociedad. Primero debemos entender la definición de Cámara de Comercio: Las cámaras de comercio son instituciones de orden legal con personería jurídica, creadas por el Gobierno Nacional, de oficio o a petición de los comerciantes del territorio donde hayan de operar. Dichas entidades serán representadas por sus respectivos presidentes.

 

La Superintendencia de Sociedades, a través del Oficio 220-093666, precisa que, tanto la Ley 1955 de 1995 como el decreto que lo reglamenta, consagran que se encuentra a cargo de esta corporación realizar la declaración de insolvencia de aquellas sociedades, que estén sujetas a su supervisión, o las citadas en el “ARTÍCULO 2.2.2.1.4.1. Competencia para declarar la disolución de las sociedades no operativas. Las sociedades no sujetas a la supervisión de un ente especializado, que no estén en un proceso de insolvencia de que trata la Ley 1116 de 2006 y que se encuentren en cualquiera de los supuestos mencionados en el artículo 144 de la Ley 1955 de 2019, podrán ser declaradas disueltas por la Superintendencia de Sociedades, con base en las facultades señaladas en el numeral 7 del artículo 218 del Código de Comercio o las normas que lo modifiquen, aclaren o complementen. Para el ejercicio de esta facultad discrecional, la Superintendencia de Sociedades podrá tomar en consideración aspectos como: i) un enfoque basado en riesgos, ii) su política de supervisión, iii) un plan de trabajo escalonado y, iv) las capacidades técnicas y operativas disponibles”

 

Esto significa estimados(as) lectores(as) que si una sociedad no ha cumplido con el envío de la información requerida en el termino de 3 años consecutivos, se presumirán como sociedades no operativas, es por ello que, podrán ser declaradas de oficio como disueltas.

 

 

Para la aplicación de la presunción de inoperatividad por la ausencia de renovación de la matrícula mercantil por tres (3) años consecutivos, bastará con la verificación en la base de datos elaborada por la Cámara de Comercio correspondiente

 

En este documento el OFICIO 220-093666 del 15 de Julio de 2021 , se explica cual es el procedimiento que surte la super para liquidar una empresa

Laura Ardila Bendek

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Como hacer una escritura de fusión de empresas  

¿Qué es el Registro Único de Beneficiarios Finales?

Estimados(as) lectores(as), en los negocios puede presentarse que las empresas busquen más que competir, el compartir oportunidades de negocio en donde bien pudiera una ser fuerte en un sector y la otra en un producto o servicio. Lo que  significa que si la empresa (vamos a llamarla A) y la empresa B pasan por un proceso de fusión, resultarán en la empresa C, que es diferente de las otras dos.

 

Es precisamente lo anterior lo que diferencia este proceso de una incorporación.

En la incorporación, una empresa deja de existir, pero la otra se mantiene – solo que ahora de forma expandida.

De esa forma, la fusión significa un proceso de cambio para todas las partes involucradas, generando una empresa que mantiene las obligaciones y responsabilidades de sus originarias, pero que no sigue necesariamente los mismos procesos de una u otra.

La escritura de constitución de una fusión, para materializar el acto, debe contener lo siguiente según el artículo 177 del código de comercio:

 

- El permiso para la fusión en los casos exigidos por las normas sobre prácticas comerciales restrictivas.

- Tratándose de sociedades vigiladas, la aprobación oficial del avalúo de los bienes en especie que haya de recibir la absorbente o la nueva sociedad.

- Copias de las actas en que conste la aprobación del acuerdo.

- Si fuere el caso, el permiso de la Superintendencia para colocar las acciones o determinar las cuotas sociales que correspondan a cada socio o accionista de las sociedades absorbidas.

- Los balances generales de las sociedades fusionadas y el consolidado de la absorbente o de la nueva sociedad.

 

Lo anterior da vida jurídica a la nueva sociedad si ese fuere el caso, o hace oficial la absorción de las otras sociedades por parte de la sociedad absorbente si ese fuera el caso.

 

Una vez sucede la fusión, la nueva sociedad o la sociedad absorbente adquiere los bienes, derechos y obligaciones de las sociedades disueltas y absorbidas, según lo señala el artículo 178 del código de comercio:

 

“En virtud del acuerdo de fusión, una vez formalizado, la sociedad absorbente adquiere los bienes y derechos de las sociedades absorbidas, y se hace cargo de pagar el pasivo interno y externo de las mismas. La tradición de los inmuebles se hará por la misma escritura de fusión o por escritura separada, registrada conforme a la ley. La entrega de los bienes muebles se hará por inventario y se cumplirán las solemnidades que la ley exija para su validez o para que surtan efectos contra terceros”

 

El representante legal de la sociedad resultante de la fusión asume la representación de las sociedades disueltas hasta la total ejecución de las bases de la operación, con las responsabilidades propias de un liquidador, conforme lo señala el artículo 179 del código de comercio.

Las fusiones pueden resultar ser muy beneficiosas pues se genera una posibilidad de diversificación de mercado , mejores condiciones de actuación, aumento de los ingresos y disminución de los costos , así como una reducción de los riesgos en un mercado específico, también se logra un alcance muy marcado cuando es una marca que quiere penetrar un nicho de mercado, pero también pueden generar traumatismos como el encaje de procesos y tecnologías diferentes, la misma cultura organizacional en donde cada miembro quiera hacer las cosas “como siempre las he hecho”

 

Laura Ardila Bendek

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7.74% se sitúa el IPC para este año, ¿cómo calcular entonces el aumento en los arriendos? 

¿Qué es el Registro Único de Beneficiarios Finales?

El índice de precios al consumidor (IPC) mide la evolución del costo promedio de una canasta de bienes y servicios representativa del consumo final de los hogares, expresado en relación con un período base.

 

 

Así se calcula el IPC

Cada mes, el DANE registra el precio de los 443 artículos de la canasta. Para esto, visita diferentes canales de distribución en 38 ciudades del país, en dónde los colombianos adquieren bienes o servicios.
Esto incluye: tiendas de barrio, supermercados, plazas de abastos, grandes superficies, establecimientos especializados en la venta de artículos y en la prestación de servicios. Una vez se registran los cambios de precio, si suben o si bajan, para cada artículo en la canasta de bienes y servicios, se calcula la variación, entre un periodo de tiempo y otro.

Para este mes el IPC quedó en 7.74%

 

Cuál es el período de tiempo que se utiliza para calcular el IPC del arriendo

El período de tiempo que se utiliza para calcular el IPC del arriendo depende del contrato de arrendamiento y de cómo se haya establecido el ajuste del alquiler. A menudo, se utiliza un período de tiempo específico, como un año o varios años. Sin embargo, también puede ser posible que se utilice un período de tiempo más corto o más largo, dependiendo de las necesidades y circunstancias específicas. Es importante tener en cuenta que el IPC puede variar significativamente a lo largo del tiempo, por lo que es importante elegir un período de tiempo adecuado para reflejar de manera precisa el cambio en los precios.

Como se calcula el aumento

El IPC del arriendo se calcula tomando el monto del alquiler en un período de tiempo determinado (el “precio actual”), dividiéndolo por el precio base del alquiler, y multiplicando el resultado por 100 para expresarlo en términos porcentuales

¿La inflación afecta el contrato?

La inflación se define como la variación porcentual del IPC entre dos periodos. En particular la inflación anual se mide tomando el IPC de un mes y calculando su variación frente al dato del mismo mes del año anterior. El período de tiempo que se utiliza para calcular el IPC del arriendo depende del contrato de arrendamiento y de cómo se haya establecido el ajuste del alquiler.

Laura Ardila Bendek

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