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Trabajadores independientes NO tienen obligación de consignar cesantías

Fecha de publicación: 2021-09-03
Trabajadores independientes  NO tienen obligación de consignar cesantías

Cesantías trabajador independiente. Todo(a) trabajador(a) que tenga un contrato de trabajo tiene derecho a elegir en qué fondo de cesantías desea que su empleador(a) le consigne. Para ello puede escoger entre un fondo privado o una entidad pública que administre cesantías.

Cesantías , se pueden retirar también para esto LEA AQUÍ

 

 

 

Los(as) trabajadores(as) independientes no están obligados a realizar aportes a cesantías. Sin embargo, pueden ahorrar de forma voluntaria en un fondo de pensiones y cesantías con el fin de que puedan tener un colchón financiero en caso de quedar cesantes o deseen destinar estos recursos para fines de educación o de vivienda.

Para que los(as) trabajadores(as) independientes comiencen a ahorrar de forma voluntaria en un fondo de cesantías no existen condiciones, solo deben crear una cuenta de cesantías en la cual puedan ahorrar hasta la doceava parte de sus ingresos anuales.

Todos los(as) trabajadores(as) dependientes con contrato laboral vigente tienen derecho a esta prestación social.

 

 

 

Los(as) trabajadores(as) con contrato por prestación de servicios, independientes o con salario integral, no tienen derecho a cesantías, pero sí pueden ahorrar voluntariamente bajo el esquema de ahorro de cesantías.

Laura Ardila Bendek

Preguntas juridico@mundovideo.com.co

 

 


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