Retiro cesantías predial pago. Dentro de los usos que pueden darles los afiliados a los fondos privados de pensiones y cesantías a su ahorro en cesantías se encuentra el destinar retiros parciales para el pago del impuesto predial.
Hay que recordar que las cesantías también pueden ser usadas como auxilio en momentos de desempleo, para financiar la educación del trabajador, cónyuge o hijos en entidades de educación superior o entidades de trabajo y desarrollo humano acreditadas, y para la adquisición, construcción, pago de crédito hipotecario y mejoras de vivienda.
¿Qué documentos se necesitan para realizar este retiro en un fondo privado?
- Si el afiliado realiza la solicitud por la zona transaccional dispuesta en la página web del fondo, debe adjuntar la fotocopia de la cédula del afiliado y la carta original de autorización emitida por el empleador en la que se indique el monto, el concepto y el beneficiario del pago, la empresa se compromete a vigilar la inversión de las cesantías, pues deberá autorizar el retiro en la planilla.
Si el afiliado tiene varios inmuebles, ¿puede pagar el predial de estos inmuebles con estos recursos?
- Puede usar estos recursos para pagar el impuesto predial en el que habita el afiliado o su cónyuge.
¿Hasta cuándo hay plazo para solicitar el dinero para pagar este impuesto?
- Las cesantías se pueden retirar en cualquier momento. En un fondo privado tiene la posibilidad de recibir estos recursos el mismo día si cumple con los requisitos de ley, dependiendo del canal y medio de pago.
Si el inmueble está a nombre de mi cónyuge, ¿puedo solicitar el retiro de cesantías para pagar el predial?
- Sí. El empleador debe autorizar el retiro de cesantías por este concepto
Laura Ardila Bendek
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