Apreciados(as) lectores(as), en el ordenamiento jurídico colombiano existen muchos requisitos legales que limitan y regulan ciertamente la forma en que tienen lugar todas las relaciones civiles y comerciales, y es importante tenerlos en cuenta a la hora de hacer negocios para estar preparados en caso de eventuales inconvenientes, como, por ejemplo, que le incumplan un contrato.
Una de las regulaciones que tienen mayor importancia para el comerciante, consiste en lo relativo al Título Ejecutivo, que es la forma más expedita y eficiente de cobrar obligaciones ante un juez; en esta nota trataré detalladamente la importancia de que sus facturas valgan como Títulos Ejecutivos, y cuáles con los requisitos que deben cumplir para lograrlo.
En caso de que a usted le incumplan un contrato, y quiera acudir a un tribunal para que obligue a la contraparte a cumplir, podrá hacerlo mediante un proceso de conocimiento o uno ejecutivo. El primero de estos, es largo e implica desplegar muchos elementos probatorios, en cambio el segundo es rápido y sencillo, debido a que dentro del documento que usted presenta constan todos los elementos que el juez necesita saber para comprobar que a usted le incumplieron.
Según la Corte Constitucional (Sentencia T – 747 de 2013), los requisitos que debe cumplir un documento para que pueda tratársele como Título Ejecutivo, son:
- El documento es auténtico;
- El documento proviene de su deudor o fue aceptado expresa o tácitamente por el mismo. También pudo haber sido expedido por alguna autoridad competente;
- El documento contiene una obligación clara (inequívoca), expresa (textual) y exigible (no sujeta a plazo, o con plazo cumplido).
De esta manera, señor(a) empresario(a), se recomienda que en cada contrato e incluso en cada documento que se desprenda de el, se consagren estos tres requisitos, para de esta manera poder cobrar sus acreencias con mayor rapidez y efectividad, evitando largos y costosos trámites judiciales.
Laura Ardila Bendek
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