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Coljuegos debe suspender cobro de derechos de explotación por COVID-19

Fecha de publicación: 2020-04-15
Coljuegos debe suspender cobro de derechos de explotación por COVID-19

Coljuegos derechos explotación. Invocando el Artículo 3 de la Ley 643, donde se hace mención del término “racionalidad económica” que establece arreglos a criterio y eficiencia administrativa para garantizar “la rentabilidad y productividad necesarias para el cabal cumplimiento de la finalidad pública” Cornazar le pide a Coljuegos, el aplazamiento del pago de los derechos de explotación de marzo 2020.

  

En la carta enviada,explica la agremiación, que el aislamiento obligatorio y la clausura temporal de establecimientos, que viene cumpliendo la industria desde el 17 de marzo, provoca la falta de ingresos que de acuerdo con Cornazar, Coljuegos debe tenerla en cuenta en el pago de los impuestos.

De acuerdo con la agremiación, esto se busca “en beneficio de las empresas concesionarias que, al ser pequeñas y medianas, tienen una sostenibilidad limitada, protegiendo el empleo y las fuentes de recursos para la salud”

  

Por otro lado, Evert Montero presidente de Fecoljuegos, se une a la iniciativa de unir fuerzas tanto la parte publica como la privada para sobrepasar la pandemia, pues públicamente expreso:

“Es un momento para estar unidos y sacar al país adelante. Hemos pedido al Estado colombiano alivios tributarios debido a la gran crisis que atravesamos. No queremos que nos condonen los pagos, pero sí que nos los difieran a unos tiempos prudentes y razonables, para cuando se reactive el flujo de cajas y se puedan cubrir estos tributos”

  

Finalmente, entre los operadores ha comenzado a circular y enviar a Coljuegos una carta buscando recibir facilidades de pago de los derechos de explotación del periodo de liquidación de marzo y abril en los siguientes términos:

- Que el pago se difiera en cuotas iguales pagaderas por 12 meses. La primera cuota se pagaría dos meses después de terminada la emergencia sanitaria.

- No se generen intereses moratorios ni remuneratorios.


A continuación, la carta que se está circulando para que la imprima y envie si está de acuerdo

Descarga el documento aquí



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