ADS-1A
  • Mi Cuenta     Crear Cuenta
  • English Version
ADS-2A
Logo MVE
ADS-2B
MIS FAVORITOS
Debes tener una cuenta ( Grátis ) para poder agregar cualquiera de nuestras publicaciones en esta zona de favoritos y asi encontrarlas rápidamente

ACCESOS DIRECTOS
Cargando...
ADS-30
Estas aquí -> Inicio / coljuegoseice /

Coljuegos publicó nuevo proyecto para control en importación de tragamonedas

Fecha de publicación: 2026-08-03

Coljuegos abrió hasta el 31 de julio de 2026 el periodo de observaciones sobre el proyecto que reformaría integralmente el Registro Único de Importadores y Comercializadores de Máquinas Electrónicas Tragamonedas y Elementos de Juego (RIC).

La propuesta, fechada el 24 de julio, modifica la Resolución 20250028594 del 11 de diciembre de 2025. Todavía no es una norma definitiva; su contenido podrá cambiar después de recibir y evaluar los comentarios de importadores, comercializadores, operadores y demás interesados.

El proyecto transforma el RIC de un mecanismo de inscripción en un sistema de registro, autorización, seguimiento y trazabilidad. Las nuevas autorizaciones tendrían vigencia de un año, frente a los cuatro años establecidos actualmente, y deberían renovarse con dos meses de anticipación. Los permisos expedidos antes de la reforma conservarían su vigencia original de cuatro años, aunque quedarían sometidos a las nuevas obligaciones de reporte.

Los importadores deberán demostrar un patrimonio bruto mínimo de 150 salarios mínimos mensuales, equivalente en 2026 a aproximadamente $262,6 millones. Para quienes soliciten autorización únicamente como comercializadores, el umbral será de 50 salarios mínimos, cerca de $87,5 millones.

Cada importación tendrá que reportarse dentro de los diez días hábiles siguientes a la nacionalización. La información exigida incluye declaración aduanera, cantidad, destino, fabricante, modelo, número de serie, país de origen, fotografías y ficha técnica traducida al español. Para las tragamonedas, la CPU o placa principal, el monitor y el billetero serán considerados componentes esenciales.

Los importadores deberán informar cada dos meses la ubicación de los equipos almacenados; los comercializadores lo harán mensualmente. Coljuegos cruzará estos registros con las declaraciones de la DIAN y la asignación del Número Único de Coljuegos.

El reporte tardío podría ocasionar una suspensión de tres meses. La omisión no subsanada o más de tres reincidencias permitirían cancelar la autorización e impedir una nueva solicitud durante un año.

Las observaciones pueden enviarse a masalgado@coljuegos.gov.co, lescobar@coljuegos.gov.co, jguarin@coljuegos.gov.co y dcgomez@coljuegos.gov.co, conforme a la convocatoria oficial.


¿Cómo te parecio este articulo?
Este articulo me gusta
0%
Este articulo no me gusta
0%
Este articulo me encanto
0%

ADS-32


ADS-33
ADS-36
ADS-37
Cerrar ventana
ADS-3A
ADS-3B
>> Cerrar X
>> Cerrar [ X ]
ADS-25
Hablemos!