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Perú, Obligatoria las 3 dosis a trabajadores(as) de casinos

Fecha de publicación: 2022-03-30
Perú

El Gobierno de Perú oficializó el día de ayer, 29 de marzo, la obligación de contar con la tercera dosis de la vacuna contra el Covid-19. La misma rige tanto para ingresar a establecimientos públicos y privados, así como para volver a la presencialidad laboral. Si bien los casinos en Perú ya pueden operar al 100 por ciento de aforo, ahora deberán atender esta disposición.

“Durante un plazo máximo de quince días calendario contados a partir de la entrada en vigencia del presente decreto supremo (1 de abril), pueden seguir realizando actividad laboral presencial los prestadores de servicios de la actividad privada y los trabajadores del sector público que no cuenten con la tercera dosis”, indica.

 

De igual modo, se hizo oficial la prórroga del Estado de Emergencia Nacional por el plazo de 30 días calendario, a partir de la misma fecha. Esto dado el contexto de posibles contagios de coronavirus, que aún persisten en todo el territorio del país.

 

Las medidas están descritas en el Decreto Supremo N° 030-2022-PCM publicado el sábado 26 de marzo en el Boletín de Normas Legales del diario El Peruano.

 

El dispositivo legal también establece que se mantienen vigentes las medidas sanitarias como el uso de la doble mascarilla (mascarilla quirúrgica de tres pliegues y encima de esta una mascarilla de tela) o una KN95 para circular en espacio públicos o cerrados


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