Según con la resolución de Coljuegos en desarrollo del Artículo 336 de la Constitución Política, el cual establece que “(...) La organización, administración, control y explotación de los monopolios rentísticos estarán sometidos a un régimen propio, fijado por la ley de iniciativa gubernamental. Las rentas obtenidas en el ejercicio de los monopolios de suerte y azar estarán destinadas exclusivamente a los servicios de salud”.
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El ente regulador indicó que en el artículo 4 de esta ley se determina las prácticas de juegos de suerte y azar que se encuentran prohibidas en el territorio nacional, dentro de las que se tiene: “La circulación, venta u operación de juegos de suerte y azar que no cuenten con la autorización de la entidad o autoridad competente, desconozcan las reglas del respectivo juego o los límites autorizados”.
Con la entrada en operación legal de las Máquinas Electrónicas Tragamonedas que a la fecha de expedición de la resolución Maquinas de Paz que no se encuentren registradas en Coljuegos operando con la debido autorización y en locales cuya actividad comercial principal puede ser diferente a juegos de suerte y azar se espera una entrada de por lo menos 50 instrumentos de juego a las arcas del estado.
Máquinas en ruta , Coljuegos expide nueva resolución para que funcionen.
Por esta razón, Coljuegos otorgó dos años a los pequeños comerciantes en el país, que operan con máquinas tragamonedas electrónicas sin la debida autorización de la entidad, para regularizar su funcionamiento.