Según el Ministerio de trabajo “si una persona en su condición de titular del derecho fundamental a la salud se niega a practicarse un procedimiento, prevalece su voluntad y autonomía, por lo cual, cualquier imposición o manipulación sobre su cuerpo y su salud, sin su consentimiento, constituye una vulneración de sus derechos fundamentales”(Subrayado mío)
Pero luego de la publicación del Concepto-2021-N0024221_20210415, el debate se ha encendido pues según los estudiosos se presenta alguna de las siguientes contradicciones en su aplicación:
- El(la) empleador(a) podría negar la entrada a las instalaciones de la empresa por representar un riesgo para la comunidad empresarial y la obligatoriedad de la aplicación de la vacuna podría dar un giro teniendo en cuenta esta situación .
- El(la) empleado(a) por no tener la vacuna es limitado(a) en cuanto a sus actividades porque estaría corriendo un riesgo de contagio y estaría obligando al(la) empleador(a) a crear un puesto de Teletrabajo , ante lo cual no pudiera haber espacio , como es el caso de un sitio de producción o atención presencial de un negocio.
- El(la) empleado(a) por no tener la vacuna puede cortar todo el proceso que ha llevado el gobierno para combatir el COVID-19 , convirtiéndose en un foco de infección y contagio , pues no está probado que dicha persona tenga los anticuerpos necesarios.
Si bien el(la) empleador(a) no puede obligar al(a) trabajador(a) a vacunarse contra el Covid-19, por cuanto la facultad del paciente de tomar decisiones relativas a su salud ha sido considerada un derecho de carácter fundamental por la jurisprudencia, como concreción del principio constitucional de pluralismo y de los derechos fundamentales a la dignidad humana, al libre desarrollo de la personalidad, a la integridad personal y a la Salud, este deberá cumplir con las normas de bioseguridad, ya sea en la calle, trabajo o espacios públicos.
El uso del tapabocas seguirá siendo indispensable, así como el distanciamiento social.
Por otro lado, el miedo a los posibles efectos secundarios que cualquier vacuna pueda tener y que las farmacéuticas no garantizan, se convierten en punto de apoyo para negarse a la inmunización
El debate comienza, aquí el Concepto-2021-N0024221_20210415
Laura Ardila Bendek
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