Acoso sexual en el Trabajo, que es , que hacer?. Hablábamos anteriormente en la obligatoriedad de trabajar horas extras , y también del fino límite que pudiera crearse con un “trabajo extra” para caer en un acoso sexual, porque si bien el subordinamiento laboral obliga al trabajador a labora horas extras, este subordinamiento pudiera ser empleado para obligar a actos que trascienden la moral y la dignidad de hombres y mujeres indistintamente .
Con el articulo 29 de la ley 1257 de 2008, el acoso sexual fue incluido en el código penal como un delito que puede dejar penas hasta de 3 años de prisión. Según la corte Constitucional es Un acto verbal o físico que implica “acciones, tocamientos, señas o conductas de naturaleza sexual y que no constituyen un delito más grave”. Se trata, además, de conductas no consentidas que buscan un favor sexual en beneficio propio o de un tercero.
Bromas con contenido sexual, insinuaciones sexuales, gestos explícitos, llamadas ofensivas y también los silbidos pueden interpretarse como una forma de acoso sexual.
La Corte dijo, por ejemplo, que el acoso sexual se configura cuando no se da en una sola ocasión. Aunque no está definido un tiempo específico, lo cierto es que debe ser una conducta repetitiva, insistente, que genere mortificación en la víctima.
El acoso sexual también es distinto de la injuria por vías de hecho, conducta que se da de manera ocasional, como sucede en los tocamientos en vehículos de servicio público o en aglomeraciones.
Acoso Sexual en el trabajo
De conformidad con la Ley 1010 de 2006, el acoso sexual de los trabajadores está prohibido por la ley y el empleador tiene la obligación de adoptar medidas preventivas y correctivas para hacer frente a problemas de acoso en el lugar de trabajo.
Acoso Laboral
El acoso laboral se define como una conducta permanente y demostrable adoptada contra un empleado por parte de un compañero de trabajo, superior o jefe, con el propósito de generar miedo, intimidación, terror y angustia, o de inducir la renuncia de ese empleado. El acoso incluye generalmente cualquier conducta capaz de ofender o amenazar la dignidad, la vida, la integridad física o la libertad sexual.(de esto hablaremos en otra publicación)
Según el Código Penal, una persona que usa su autoridad superior, poder, edad, género, posición social o familiar o de propiedad para acosar sexualmente a otros es sancionado con prisión de uno a tres años.
En esos casos, “no hay discusión cuando se da en escenarios de trabajo y la esencia del delito radica en las posibilidades que surgen de la asimetría entre la víctima y el agresor, en cuanto le permite subyugar, atemorizar, subordinar, amedrentar, coaccionar, intimidar” a la víctima.
¿QUÉ DEBE HACER LA VÍCTIMA?
Debe recoger pruebas, así que es importante recopilar conversaciones, grabaciones, o cualquier elemento que permita demostrar que la acusación de acoso sexual es verdadera, presentarlas en Recursos Humanos de la empresa y, si no pasa nada, entonces lo mejor es que asista al Ministerio del Trabajo y presente la denuncia. Es recomendable que la persona también se asesore con un abogado.
Laura Ardila Bendek
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