Señor(a) operador(a), según en la Resolución DIAN 072 del 29 de noviembre de 2016 artículo 1 y, además, teniendo en cuenta que la DIAN brinda soporte para uso y aplicación de la normatividad aduanera en los servicios informáticos usted debe entender y conocer que se realizarán algunos cambios.
Estos cambios, serán en los conductos por los cuales usted reportaba, consultaba y/o solicitaba soportes sobre los servicios informáticos aduaneros. Cambios que regirán oficialmente a partir del 1 de febrero del año en curso.
A partir de dicha fecha la atención, consulta y solicitud de soporte se realizará a través del Contact Center de la DIAN en las líneas 057(1) 5462200 - 057(1) 6059830 para Bogotá; Línea nacional: 01 900 555 0993 y 01900 111 5462, atención de lunes a viernes 6:00 a.m. a 8:00 p.m. y sábados de 8:00 am a 2:00 p.m.
Sin embargo, los buzones:
1. soporteimportacionescarga@dian.gov.co
2. soportesalidademercancias@dian.gov.co
3. buzon_aduanas@dian.gov.co
prolongaran sus servicios de manera habilitada y habitual hasta su cierre definitivo, el 19 de febrero, a partir de esta fecha, se continuará únicamente atención a través del Contact Center de DIAN.


