Bogotá. Por vicios de trámite, la Corte tumbó la Ley de Insolvencia para las personas naturales no comerciantes, que se encuentren en situación de quiebra y que podían tener la posibilidad de conciliar acuerdos de pago con sus acreedores.
La Corte Constitucional declaró en la noche del lunes inexequible la llamada ley de insolvencia para personas naturales, que beneficiaba a los colombianos afectados por deudas superiores a su nivel de pago y que había sido aprobada por el Congreso en la legislatura pasada.
La decisión se tomó luego de encontrar varios vicios de trámite que fueron calificados como insubsanables por el alto tribunal el articulado de la llamada ley de insolvencia había sido aprobado en conciliación de textos en la plenaria extra de la Cámara de Representantes pero, para la Corte, no se hizo la citación para votar dicha conciliación y tampoco se publicó oportunamente en el Diario Oficial la citación a las sesiones extraordinarias en la que se aprobó su articulado.


