En el Congreso de la República avanza la discusión de un proyecto de ley que busca eliminar de manera expresa el cobro de IVA en los conjuntos residenciales por el uso de zonas comunes, práctica que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) había considerado gravada en determinados casos.

En marzo de 2025, la DIAN aclaró mediante un comunicado que, cuando los conjuntos residenciales cobraban de forma independiente la utilización de espacios como salones sociales, piscinas o parqueaderos, tales cobros podían ser interpretados como prestación de servicios y, por lo tanto, sujetos al impuesto del 19 %. Según la entidad, más de 1.200 conjuntos residenciales fueron reclasificados bajo este criterio y cerca de 90 conjuntos adicionales quedaron bajo verificación.
La medida generó controversia, pues las cuotas de administración de la propiedad horizontal fueron concebidas como contribuciones para cubrir gastos comunes y no como ingresos comerciales. Ante esta situación, congresistas de diferentes bancadas presentaron una iniciativa legislativa que precisa que la cuota de administración y los servicios comunitarios no constituyen hechos generadores de IVA.

El Ministerio de Hacienda ha respaldado esta interpretación, indicando que las cuotas de administración no pueden asimilarse a una venta o a la prestación de un servicio. De ser aprobada la norma, se pondría fin a la inseguridad jurídica generada en el régimen de propiedad horizontal y quedará por definir si habrá lugar a devoluciones de recursos cobrados en aplicación del IVA en los últimos años.
El trámite del proyecto continuará en las comisiones económicas del Congreso, con el propósito de otorgar certeza normativa a copropietarios y administradores de conjuntos residenciales en el país.
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