Así lo determinó el despacho luego de que resolviera en favor del operador quien acusó los actos demandados, de incurrir en “Infracción de las Normas en que Deberían Fundarse”, “Falsa Motivación” y “Violación al Debido Proceso”
El Despacho estableció que Coljuegos adelantó proceso de Cobro Coactivo en contra del Casino Imperial E.U S.A.S para exigir la acreencia consignada en la Resolución No. 20205200004434 del 20/10/2020- pese a que con anterioridad a la fecha de inicio del procedimiento especial de cobro, la misma entidad había revocado respecto de la demandante, el título ejecutivo que pretendía cobrarle.
A las graves fallas que presenta el departamento jurídico como la demora en la aprobación de contratos, uno de los puntos que favorecieron la decisión con respecto al caso fue que “la apoderada de Coljuegos presentó escrito de alegatos de manera extemporánea, esto es, por fuera del plazo establecido para ello. Por tal razón, se tuvieron como no presentados.”
La demanda fue llevada hasta su finalización por el Bufete de Abogados Rojas Conde & Cárdenas, quienes tienen una trayectoria de litigios en contra de Coljuegos, como el que presentara ante el Juzgado Único Administrativo de San Andrés Providencia y Santa Catalina que admitió demanda contra COLJUEGOS, en la que se discutía la presunta imposición abusiva de una sanción a un operador de juegos localizados: al parecer Coljuegos habría hecho efectiva la cláusula penal y por la mora en el pago de la misma, generado una sanción conminatoria , lo que obligó a Coljuegos a aceptar que había cometido errores en la imposición de la sanción por operación ilegal, revocando la misma, disminuyendo a menos del 10% y reconociendo los daños generados.
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