Apreciado lector, existen unos derechos que no se pueden negociar y a los cuales no se pueden renunciar. Una persona no puede renunciar, así firme documento alguno, no es válida la renuncia al salario o a las prestaciones sociales. Es un punto que no se negocia con ningún trabajador. Cuando a un empleado se le debe un valor determinado por concepto de salario y prestaciones sociales, se le debe pagar ese valor completo, dicha suma no es negociable. Lo que sí se puede negociar son los intereses moratorios y los plazos en los que se pagará la deuda (liquidación).
Si a una persona le deben en salario y prestaciones sociales, determinada suma, es ese valor y punto. No se puede renunciar para que le den menos del valor de su liquidación. Lo que sí se puede usted realizar como empleador, es negociar la mora, los intereses moratorios y el plazo; siempre y cuando no le afecten en un peso en lo correspondiente a valores no negociables como son salario y prestaciones; usted puede negociar con su empleado, que la liquidación de prestaciones sociales que se le adeuda, se pueda pagar a plazos y sin que esto genere intereses de mora, todo esto debe constar por escrito y establecer claramente las fechas de pagos y el compromiso del trabajador de no cobrar intereses.
Laura Ardila Bendek
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