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¿Qué pasa si opero una sala de juegos en un local embargado o en litigio? Claves jurídicas y cómo blindarse

Fecha de publicación: 2025-08-01

En Colombia, muchos operadores de salas de juego, billares, casinos pequeños o puntos de venta de apuestas funcionan en locales arrendados. Pero ¿qué ocurre cuando ese inmueble entra en proceso de embargo, secuestro o litigio judicial? Aunque el contrato de arrendamiento esté vigente y en regla, surgen riesgos jurídicos que pueden afectar seriamente la operación.

¿Puede afectarme un embargo si soy arrendatario?

Sí. Aunque el embargo recaiga sobre el propietario del inmueble, el arrendatario puede verse afectado indirectamente si se decreta el secuestro (entrega a un secuestre judicial), remate o desalojo. El juez de ejecución puede ordenar la restitución del bien, incluso si el contrato de arrendamiento fue firmado de buena fe.

 ¿Qué invalida un contrato de arrendamiento? 

¿Qué dice la ley?

Según el Código General del Proceso (art. 594 y ss.), el embargo y secuestro pueden recaer sobre bienes raíces, y el secuestre designado tendrá posesión jurídica del inmueble. Aunque el contrato de arrendamiento no se anula automáticamente, si el bien es rematado, el nuevo adquirente podría terminarlo con notificación previa, salvo que el contrato haya sido debidamente registrado.

¿Cómo blindarse jurídicamente?

  1. Consulta previa en Cámara de Comercio e instrumentos públicos
    Antes de firmar un contrato, revisa si el inmueble está en proceso judicial, tiene hipotecas vigentes o medidas cautelares inscritas.
  2. Cláusula de estabilidad y restitución anticipada
    Incluye en el contrato una cláusula que prevea compensación por perjuicios en caso de pérdida anticipada del goce del bien por causas ajenas al arrendatario.
  3. Contrato con fecha cierta y registro notarial
    Si el contrato se firma por más de dos años, es recomendable inscribirlo en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos para oponibilidad frente a terceros (como futuros rematantes).
  4. Póliza de cumplimiento o fianza civil
    Es posible exigir al arrendador una póliza que cubra el perjuicio económico en caso de pérdida anticipada del uso del inmueble.

Consideraciones finales

Operar en un inmueble embargado o en litigio es jurídicamente riesgoso, aunque no sea responsabilidad directa del arrendatario. El blindaje imbatible está en la prevención contractual, la verificación registral y la incorporación de cláusulas que permitan recuperar inversiones o reubicarse sin afectación grave. Recuerde hacer una inversión segura siempre es la mejor inversión

Laura Ardila Bendek

Preguntas juridico@mundovideo.com.co


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