Mediante la Circular Externa 008 de 2013, se crea el sistema preventivo de fraudes (Sipref), que estará a cargo de las Cámaras de Comercio; con este sistema, se reportará la información de las personas autorizadas por el inscrito para modificar los datos que reposan en estas entidades y, así, prevenir que terceros ajenos al titular del registro puedan acceder a ella, hasta el punto de modificarla. En consecuencia apreciado lector, las entidades registrales no podrán inscribir un acto o documento sujeto a registro, sin antes verificar que provenga del titular de la información.
Los mecanismos que integren dicho sistema deben permitir:
– Verificar la procedencia del documento (persona natural o jurídica u órgano), de manera preliminar a la anotación registral.
– Dar a conocer al inscrito la presentación de la petición de registro.
– Dejar evidencias concretas sobre los posibles autores de las presuntas actuaciones delictivas.
La vinculación de los usuarios a este nuevo sistema denominado Sipref será voluntaria y no generará costo alguno. Se exceptúan de este sistema las solicitudes y órdenes provenientes de las autoridades judiciales o administrativas, como embargos, inscripciones de la demanda, medidas cautelares, etc.
Laura Ardila Bendek


