ADS-1A
  • Mi Cuenta     Crear Cuenta
  • English Version
ADS-2A
Logo MVE
ADS-2B
MIS FAVORITOS
Debes tener una cuenta ( Grátis ) para poder agregar cualquiera de nuestras publicaciones en esta zona de favoritos y asi encontrarlas rápidamente

ACCESOS DIRECTOS
Cargando...
ADS-30
Estas aquí -> Inicio / coljuegoseice /

Coljuegos proyecto de modificación al Reglamento del Juego Baloto

Fecha de publicación: 2022-03-02
Coljuegos proyecto de modificación al Reglamento del Juego Baloto

Coljuegos publico el proyecto de acuerdo por el cual se modifica el Acuerdo 03 de 2021 que sustituyó el título 2 del Acuerdo 08 de 16 de septiembre de 2020 por el cual se aprueban los reglamentos de los juegos de suerte y azar del orden nacional de competencia de Coljuegos.

 

En el cual se modifica todo lo relacionado a la Subcuenta derechos de explotación, se conforma como mínimo con el veintisiete por ciento (27%) de los ingresos brutos del juego, incluidos los sorteos Baloto, Revancha y las mecánicas adicionales de tipo loto en línea y/o mecánicas complementarias previstas en el artículo 2.4.2. del reglamento del juego, que se lleguen aprobar durante la ejecución del contrato.Coljuegos

 

Y de ahora en adelante, los recursos serán destinados conforme y en la periodicidad que establece la Ley 643 de 2001, y demás normas que la modifiquen o adicionen. Y los recursos destinados a esta subcuenta deben ser consignados por el operador a Coljuegos a más tardar los días miércoles del siguiente periodo semanal de la venta. El periodo semanal está comprendido del domingo al día sábado.

 

 

Por su parte, los rendimientos financieros que generen los recursos depositados en esta subcuenta serán transferidos a la salud en los términos de la normativa vigente. Pero el Gravamen a los Movimientos Financieros (GMF) que se cause al momento de realizar los pagos con cargo a esta subcuenta, será asumido por el operador.

 

Frente a los derechos de explotación El operador del juego debe pagar como mínimo el veintisiete por ciento (27%) por concepto de derechos de explotación, los cuales se calculan sobre los ingresos brutos del juego, incluidos los sorteos Baloto, Revancha y las mecánicas adicionales de tipo loto en línea y/o mecánicas complementarias previstas en el artículo 2.4.2. del reglamento del juego, que se lleguen aprobar durante la ejecución del contrato. Lo anterior, de acuerdo con lo establecido en el artículo 38 de la Ley 643 de 2001 Coljuegos

 

La entidad estará recibiendo comentarios al correo aburbano@coljuegos.gov.co hasta el 4 de marzo de 2022.  A continuación dejamos el documento a su deposición.

 


¿Cómo te parecio este articulo?
Este articulo me gusta
0%
Este articulo no me gusta
0%
Este articulo me encanto
0%

ADS-32

Otros artículos del Autor:


ADS-33
ADS-36
ADS-37
Cerrar ventana
ADS-3A
ADS-3B
>> Cerrar X
>> Cerrar [ X ]
ADS-25
Hablemos!