Estimados(as) lectores(as) en un importante precedente para el sector del juego en Colombia, el Juzgado Segundo Administrativo del Circuito de Zipaquirá ha declarado la nulidad de una sanción impuesta por Coljuegos a un operador de juegos localizados por diferencias en derechos de explotación detectadas después de tres años.
El fallo, proferido el 13 de febrero de 2025 dentro del Proceso Nro 25899-33-33-002-2023-00127-00, establece que la entidad reguladora no puede imponer sanciones fuera del plazo legal de fiscalización.

Esta decisión podría impactar significativamente a los operadores de juegos en el país, ya que confirma que Coljuegos tiene un límite temporal para revisar y exigir pagos adicionales por derechos de explotación. Además, el tribunal ordenó a la entidad devolver los montos pagados por el operador afectado.
Expertos en derecho administrativo consideran que este fallo abre la puerta a nuevas reclamaciones por parte de operadores que hayan enfrentado sanciones similares. La decisión se fundamenta en el principio de seguridad jurídica y en la prescripción de la acción sancionatoria establecida en el artículo 52 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), que limita la posibilidad de imponer sanciones después de tres años de ocurrido el hecho generador.
Asimismo, la jurisprudencia del Consejo de Estado, en particular la Sentencia de 2013 (Expediente 25000-23-24-000-2004-01001-01), ha reiterado la importancia de la seguridad jurídica en materia sancionatoria administrativa. En dicha sentencia, se enfatiza que las entidades estatales deben respetar los límites temporales de fiscalización para evitar vulneraciones a los derechos de los administrados, garantizando la estabilidad en las relaciones entre la administración y los particulares.

Se espera que la decisión motive a otros actores del sector a revisar sus casos y evaluar posibles acciones legales para recuperar valores cobrados de manera extemporánea. Un éxito nunca antes visto en la defensa de los derechos de los operadores. La seguridad jurídica es imbatible cuando se respetan los plazos legales, protegiendo la rentabilidad y continuidad de las operaciones.
Laura Ardila Bendek
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