Apreciados lectores, alguna vez han comprado un producto como paquetes de galletas, café, o algun producto de una maquina dispensadora o vending?
La DIAN en ejercicio de sus facultades, mediante pronunciamiento reciente indicó que las ventas que se efectúen a través de máquinas dispensadoras, por el solo hecho de realizarse a través de medios mecánicos o electrónicos, no tienen previsto un tratamiento especial, independientemente del valor de las mismas y, dado que, la exclusión a la obligación de expedir factura o documento equivalente viene dada desde la ley tributaria, de manera que las ventas que realice una empresa a través de máquinas dispensadoras (vending) implica cumplir con el deber legal de expedir factura o documento equivalente, ya que no esta exenta de realizarlo.
Así se precisa el alcance de los oficios 021723 del 24 de julio de 2015 y 036311 del 23 de diciembre de 2015, que analizan la obligación de facturar en las ventas realizadas a través de máquinas vending.
El oficio 036311 del 23 de diciembre de 2015, el cual concluye que no es necesaria la expedición de la factura por no contar con dispositivo de facturación en las máquinas y que se puede utilizar el documento sustitutivo previsto en el artículo 1º del Decreto 1514 de 1998 “Artículo 1º. Documento sustitutivo de la factura en la distribución masiva y ambulante de bienes. Cuando los obligados a facturar realicen operaciones de distribución masiva y ambulante de bienes, se entiende cumplida la obligación de factura, con el comprobante que éstos deben elaborar a sus vendedores.
Los comprobantes deben contener como mínimo el nombre o razón social y NIT de la empresa, la fecha, período al cual corresponde el comprobante, nombre completo del vendedor y su identificación, mercancía entregada, mercancía devuelta, mercancía vendida y valor de la venta. Cuando parte de la mercancía relacionada en el comprobante sea vendida a crédito, se realizará la respectiva conciliación con las facturas que se expidan para soportar esta última. Copia de estos comprobantes deberán reposar en el domicilio fiscal del emisor del documento, para cuando la administración tributaria lo solicite.
De manera que sí es necesario y obligatorio que se expida factura y/o documento equivalente en este tipo de ventas por medio de maquinas vending.
Laura Ardila Bendek
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