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Que sucede cuando se despide un(a) trabajador(a) que a su vez es socio(a) de la empresa

Fecha de publicación: 2018-12-14
Que sucede cuando se despide un(a) trabajador(a) que a su vez es socio(a) de la empresa

Apreciados(as) lectores(as) desde Cali ( Valle ) me pregunta la señora Diana Arroyabe “si puede tener problemas si despide a un empleado que es el técnico del negocio pero que le prestó plata hace un tiempo, ella le vendió acciones y ahora es empleado y socio de la empresa”




Teniendo en cuenta que los(las) socios(as) pueden ser trabajadores(as) de la sociedad, el Ministerio del Trabajo precisó que las relaciones laborales se rigen por la normativa laboral, el contrato de trabajo y el correspondiente reglamento interno del trabajo de la sociedad, sin perjuicio de las convenciones o acuerdos colectivos aplicables al(la) trabajador(a).






El contrato de sociedad otorga la calidad de socio(a), que se rige por la normativa societaria y los estatutos sociales, relación jurídica que es diferente a la del(la) trabajador(a) con su empleador(a), sometida a la legislación laboral.

Si el(la) trabajador(a) desempeña una actividad personal, continua, subordinada y remunerada, de acuerdo con lo previsto en el artículo 23 del Código Sustantivo del Trabajo, independientemente de la denominación y de la jornada de trabajo, nace entre las partes un vínculo laboral con las respectivas obligaciones que se derivan de todo contrato de trabajo.  





Entonces es posible que un(a) trabajador(a), actuando en calidad de representante del(la) empleador(a), siendo superior jerárquico y con las debidas facultades para ello, termine unilateralmente el contrato de trabajo de un(a) trabajador(a), con justa o sin justa causa, aun cuando este sea socio(a) de la sociedad donde labora, siempre y cuando se haga de acuerdo con la normativa laboral y siguiendo el debido proceso.

El despido del(la) trabajador(a) socio(a) se puede efectuar sin que esto afecte su calidad de socio(a), ya que las relaciones jurídicas son diferentes.

No se enrede: La relación de socio(a) con la sociedad se regula por las normas societarias y por los estatutos de la sociedad , es decir son dos cosas diferentes.

Laura Ardila Bendek

Preguntas juridico@mundovideo.com.co


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