Aunque no es un trámite obligatorio, algunas personas deciden poner su nombre para la facturación de servicios públicos con el objetivo de disfrutar de los beneficios crediticios que esto otorga. No obstante, en caso de fallecimiento del titular, es importante terminar el contrato o solicitar su sucesión para evitar deudas.

Los herederos están en el derecho de exigir el pago a los deudores de arriendo, servicios u otros activos y, en caso de que el deudor sea quien fallece, sus familiares deben responder por las obligaciones tanto de bienes como de servicios adquiridos en vida.
Esto que dice la ley
El Consejo de Estado advierte que el artículo 1008 del Código Civil establece que “se sucede al difunto en todos sus bienes, derechos y obligaciones transmisibles”, por lo cual "los herederos pueden ocupar la posición contractual del causante en el contrato y convertirse en los titulares de los derechos y las obligaciones pactadas en el mismo”.
Entre los trámites más comunes luego de que una persona fallece es entablar la terminación o sucesión de contratos de servicios públicos, ya que si no se aborda este tema, los cobros continuarán y habrá lugar a sanciones por mora.
En el artículo 130 de la ley 142 de 1994 por la cual se establece el régimen de los servicios públicos domiciliarios estipula que “son partes del contrato, la empresa de servicios públicos, el propietario del inmueble, el suscriptor (titular) y los usuarios del servicio son solidarios en sus obligaciones y derechos en el contrato de servicios públicos”.
Las deudas derivadas de la prestación de los servicios públicos podrán ser cobradas a las partes que se benefician o responden por el inmueble “ejecutivamente ante los jueces competentes o bien ejerciendo la jurisdicción coactiva por las empresas oficiales de servicios públicos”.
Esta Ley se aplica a los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado, aseo, energía eléctrica, distribución de gas combustible, telefonía fija pública básica conmutada y la telefonía local móvil en el sector rural.
¿Cómo solicitar la terminación o sucesión de contratos?
Solo los herederos podrán solicitar la terminación de contrato (retiro del servicio), con el certificado de defunción y adjuntando además el documento de identidad o testamento que demuestre el parentesco. De este modo, podrá presentar la solicitud virtual o presencial a la compañía correspondiente.
Laura Ardila Bendek
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