La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN- reiteró este 16 de diciembre de 2014, a toda la ciudadanía que el Registro Único Tributario RUT no pierde vigencia, tal como lo establece el parágrafo del Artículo 6°, del Decreto 2460 de 2013.
La actualización solo se da en casos de modificación de la información registrada.
Lea aquí el comunicado completo

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