Estimados lectores , desde el 15 de julio de 2026, la jornada máxima legal en Colombia baja a 42 horas semanales como parte de la reducción gradual prevista en la Ley 2101 de 2021, que modificó el artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo. Para los operadores de casino, la noticia no es menor: la regla sí impacta de forma directa a la mayoría del personal vinculado mediante contrato laboral privado, incluyendo cargos operativos, administrativos, de sala, cajas, atención al cliente y soporte técnico, siempre que su relación laboral esté regida por el Código Sustantivo del Trabajo.

Pero conviene no simplificar. La reducción no cobija por igual a todo el mundo. El artículo 162 del Código Sustantivo del Trabajo mantiene exclusiones para quienes desempeñan cargos de dirección, confianza o manejo, para quienes realizan labores discontinuas o intermitentes, para los trabajadores del servicio doméstico y para los de simple vigilancia cuando residen en el lugar de trabajo. En otras palabras, no basta con cambiar el nombre del cargo en el organigrama: lo que cuenta es la naturaleza real de la función.

También hay otro punto que suele generar confusión. Esta reducción legal no aplica, en general, a los servidores públicos ni a los trabajadores oficiales, porque la Ley 2101 de 2021 modificó el Código Sustantivo del Trabajo y no el régimen general del empleo público. Función Pública ha reiterado esa lectura en varios conceptos recientes.
Para los casinos, entonces, el debate no es solo de horas: es de organización. La ley permite que la jornada semanal de 42 horas se distribuya mediante jornadas flexibles dentro de ciertos límites, lo que abre espacio para rediseñar turnos sin perder cobertura operativa. El verdadero riesgo no está en la reducción misma, sino en no revisar a tiempo qué cargos sí entran, cuáles no y cómo ajustar la operación sin exponerse a contingencias laborales. Esa tarea, por estos días, ya no es preventiva: es urgente.




















