Apreciados(as) lectores(as), La Corte Constitucional extendió la prohibición de que los padres sean despedidos durante la licencia de maternidad, en los casos en que son la única fuente económica de la familia.
El Código Sustantivo del Trabajo en Colombia expresa en el artículo 239 el llamado fuero por maternidad o la prohibición de despido en el que se establece que “Ninguna trabajadora puede ser despedida por motivo de embarazo o lactancia”, beneficio que era exclusivo de las mujeres hasta que la Corte Constitucional lo extendió también a los padres.( LEA TAMBIEN LICENCIA DE MATERNIDAD MUCHOS CAMBIOS ESTE 2017 MUCHA ATENCION)
La misma norma señala que las trabajadoras que sean despedidas sin autorización de las autoridades competentes tienen derecho al pago de una indemnización equivalente a los salarios de 60 días, fuera de las indemnizaciones y prestaciones a que hubiere lugar de acuerdo con el contrato de trabajo (LEA TAMBIEN SE PUEDE DESPEDIR UNA TRABAJADORA EN ESTADO DE EMBARAZO?)
El tribunal estudió una demanda hecha por una trabajadora, quien buscaba que estas normas también aplicaran a los padres en los casos en los que el hijo que está por nacer y la mujer en estado de embarazo dependiera económicamente del padre. Esto con el fin de garantizar los derechos fundamentales de los menores.
La demandante argumentó que aplicar esos artículos a los hombres da una estabilidad laboral que era exclusiva de las madres embarazadas o lactantes trabajadoras. El demandante criticaba que no se tenía en cuenta a las que dependen económicamente de su cónyuge o compañero.
“para que un hombre sea cobijado por el mencionado fuero debe demostrar que su pareja (que puede ser su esposa o también novia pues no exige un vínculo marital) depende económicamente de él”
Si bien la determinación de la Corte busca extenderles la estabilidad laboral reforzada a los padres y garantizar el derecho a la vida, a la igualdad y a la familia; la desprotección de la mujer no trabajadora, de la mujer en gestación, y del niño que está por nacer o al recién nacido y su familia en el ámbito laboral en Colombia, debía ser el Congreso de la Republica el que debería tratar el tema y modificar la ley a favor de esta iniciativa, tal como lo hizo al ampliar la licencia de maternidad de 14 a 18 semanas, pero estas ultimas legislaciones solo ha traído beneficios para las mujeres.
Recuerde señor(a) aperador(a), que para que el trabajador este protegido por el fuero especial de maternidad, y no poder ser despedido, debe demostrar que la madre gestante y su hijo dependen económica y directamente del padre, de ser así no significa que no pueda despedirlo, simplemente debe seguir las mismas reglas que con las empleadas que se encuentren embarazadas o que estén en periodo de lactancia, tal como lo señalo en este escrito.
Laura Ardila Bendek
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