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Casinos y Juegos de suerte esta vez pueden postularse al Beneficio de nomina

Fecha de publicación: 2020-11-23
Casinos y Juegos de suerte esta vez pueden postularse al Beneficio de nomina

El Gobierno nacional amplió la vigencia del Programa de Apoyo al Empleo Formal (Paef), de hecho, las empresas que hayan visto reducidas sus ganancias en un 20 por ciento o más por cuenta de la crisis generada por la pandemia de covid-19, pueden postularse al nuevo ciclo del Programa, sin importar su tamaño.

El PAEF es un subsidio creado durante la cuarentena por el Gobierno Nacional que busca dar a los empleadores un aporte que podrán solicitar por una sola vez mensualmente durante los meses de mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2020, y enero, febrero y marzo de 2021.

El plazo de postulación comenzó el 19 de noviembre y va hasta 26 de este mes.  De esta forma, los empleadores pueden aplicar a esta convocatoria y obtener apoyo para el pago de sus nóminas correspondientes a septiembre, octubre y noviembre del 2020, diligenciando un formulario independiente para cada mes de postulación.

Durante la primera etapa de esta iniciativa, que tuvo cuatro convocatorias, se logró el desembolso de 3,1 billones de pesos, destinados a 134 mil empresas que protegieron el empleo de 3,37 millones de trabajadores en todo el país.

Todas las empresas que se les apruebe el beneficio obtendrán el 40 por ciento de un salario mínimo por cada uno de sus trabajadores hombres (351.000 pesos). Sin embargo, este ciclo tiene algunas particularidades las cuales son que, por cada mujer empleada, se otorgará un 50 por ciento de un salario mínimo, en vez del 40 por ciento originalmente planteado.

Así mismo, los sectores turísticos, gastronómico y de entretenimiento, que han tardado más en reactivarse que el resto de los sectores, recibirán un subsidio del 50 por ciento por cada trabajador empleado.

En otras palabras, los operadores de juegos de suerte y azar quienes hacen parte de la industria del entretenimiento obtendrán el 50 por ciento de un salario mínimo por cada trabajadora en su nómina (439.000 pesos).

Esto debido a que el gremio de juegos de azar y apuestas se encuentra clasificados desde el 6 de mayo de 2020, dentro de las actividades CIIU Rev4. A.C. del DANE, es decir que tengan como actividad principal, actividades económicas y de servicios de los sectores turístico, hotelero y de gastronomía, y las actividades artísticas, de entretenimiento y recreación, con el CIIU número 9200.

Se debe resaltar que estos recursos se giran directamente a los empleadores para que sirvan de apoyo en el pago de los salarios de sus empleados activos al momento de aplicar al programa.

Todas las personas jurídicas, las personas naturales empleadoras, entidades sin ánimo de lucro, los consorcios y uniones temporales, cooperativas de trabajo asociado y patrimonios autónomos pueden postularse, estas son algunos de los requerimientos para las personas jurídicas y naturales:

Personas jurídicas

- Deben haber sido constituidas antes del 1 de enero de 2020.

- Estar inscritas en el registro mercantil, y que hubiesen realizado o renovado su inscripción por lo menos en el 2019 y máximo antes de la postulación frente a la entidad financiera.

- Que no tengan una participación de la nación y/o sus entidades descentralizadas mayor al 50 % de su capital.

- No podrán aplicar trabajadores reportados de consorcios o uniones temporales.


Personas naturales

- Estar inscritas en el registro mercantil antes del 1 de enero de 2020.

- Tener tres (3) o más trabajadores.

- No ser una persona expuesta políticamente, ni cónyuge, compañero permanente o pariente en segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad o único civil de una PEP.

- No podrán aplicar trabajadores reportados de consorcios o uniones temporales.


Es importante anotar que los empleadores deben haber pagado los aportes a la Pila de los trabajadores por los cuales se postulan al subsidio a la nómina.  Las empresas postuladas no pueden haber recibido el subsidio en más de 11 ocasiones, ni hayan sido obligadas a restituir el aporte estatal Paef.

Además, uno de los requisitos indispensables es tener una cuenta bancaria en donde pueda consignarse el dinero. Debido a que todo el proceso se lleva a cabo con las entidades financieras directamente, y de manera virtual a través del sitio web de su banco.

Estos son los pasos que deben seguir para postularse




1. Diligenciar el formulario de postulación al programa el cual se encuentra en la página web de la entidad bancaria, cerciórese de que vaya firmado por el representante legal/la persona natural empleadora; si la empresa postulante está en reestructuración o liquidación, debe firmar el promotor o liquidador.

2. Certificación de disminución de ingresos y pago de salarios, demostrando que sus ganancias disminuyeron un 20 por ciento o más por la pandemia, y que los trabajadores por los que se postula recibieron el salario correspondiente al mes para el cual solicita el subsidio.

3. Esta certificación debe ir firmada por el representante legal o persona natural empleadora, por el revisor fiscal o contador público (cuando el postulante no esté obligado a tener revisor fiscal) o por el promotor o liquidador, en caso de que la empresa postulante está en reestructuración o liquidación.

Cuando el representante legal de la persona jurídica postulante es otra persona jurídica, se debe aportar también el certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica representante legal.

Los resultados de estas postulaciones se empezarán a conocer el 10 de diciembre, para los subsidios correspondientes a las postulaciones de septiembre.

 


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