ADS-1A
  • Mi Cuenta     Crear Cuenta
  • English Version
ADS-2A
Logo MVE
ADS-2B
MIS FAVORITOS
Debes tener una cuenta ( Grátis ) para poder agregar cualquiera de nuestras publicaciones en esta zona de favoritos y asi encontrarlas rápidamente

ACCESOS DIRECTOS
Cargando...
ADS-30

No olvide renovar su póliza de cumplimiento a tiempo

Fecha de publicación: 2014-05-23
Preguntan nuestros lectores ¿Que pasará con los plazos establecidos en el cronograma de conexión en Línea

Apreciado operador, si usted ha suscrito contrato de concesión para la explotación de juegos de suerte y azar en la modalidad de localizados, con Coljuegos, ha tenido que expedir una póliza de cumplimiento con alguna entidad aseguradora, que respalde los riesgos de su operación; para que una vez aprobada dicha póliza por parte de Coljuegos, el contrato de concesión entre en vigencia y cubra su operación de juego.

Es importante que usted como operador y concesionario tenga en cuenta, que una vez entrado en vigencia el contrato de concesión, tiene la obligación de renovar la póliza de cumplimiento o las garantías dadas a Coljuegos, con tres meses de anticipación, de conformidad con la ley 643 de 2001 resolución 724 de 2013  y lo establecido en las cláusula de garantías de los contratos de concesión, en donde se establecen los siguientes términos: cinco días (05) una vez suscrito el contrato de concesión para hacer llegar la póliza de cumplimiento, y una vez aprobada la póliza, el operador o concesionario debe renovarla tres meses antes de su vencimiento y presentarla nuevamente a Coljuegos para su respectiva aprobación.

La no renovación en el termino aquí establecido, dará lugar a una multa diaria por cada día de retraso en la entrega de la renovación de la póliza, por un valor del uno punto cinco por ciento (1.5%) del valor diario de todo el contrato de concesión.

Es por esto señor operador, que debe estar atento a sus fechas de vencimiento y renovación de los contratos de concesión y hacer la tarea de renovar su póliza con tres meses de anticipación, para no encontrar dificultades en este tramite, es decir que en el mes numero 9 de su contrato debe tener lista la renovación de la póliza para el año siguiente, y evitar ser multado y sancionado.

Laura Ardila Bendek

juridico@mundovideo.com.co

ADS-32

¿Cómo te parecio este articulo?
Este articulo me gusta
0%
Este articulo no me gusta
0%
Este articulo me encanto
0%


Otros artículos del Autor:


ADS-33
ADS-36
ADS-37
Cerrar ventana
ADS-3A
ADS-3B
>> Cerrar X
>> Cerrar [ X ]
ADS-25
Hablemos!