Apreciado operador, si usted ha suscrito contrato de concesión para la explotación de juegos de suerte y azar en la modalidad de localizados, con Coljuegos, ha tenido que expedir una póliza de cumplimiento con alguna entidad aseguradora, que respalde los riesgos de su operación; para que una vez aprobada dicha póliza por parte de Coljuegos, el contrato de concesión entre en vigencia y cubra su operación de juego.
Es importante que usted como operador y concesionario tenga en cuenta, que una vez entrado en vigencia el contrato de concesión, tiene la obligación de renovar la póliza de cumplimiento o las garantías dadas a Coljuegos, con tres meses de anticipación, de conformidad con la ley 643 de 2001 resolución 724 de 2013 y lo establecido en las cláusula de garantías de los contratos de concesión, en donde se establecen los siguientes términos: cinco días (05) una vez suscrito el contrato de concesión para hacer llegar la póliza de cumplimiento, y una vez aprobada la póliza, el operador o concesionario debe renovarla tres meses antes de su vencimiento y presentarla nuevamente a Coljuegos para su respectiva aprobación.
La no renovación en el termino aquí establecido, dará lugar a una multa diaria por cada día de retraso en la entrega de la renovación de la póliza, por un valor del uno punto cinco por ciento (1.5%) del valor diario de todo el contrato de concesión.
Es por esto señor operador, que debe estar atento a sus fechas de vencimiento y renovación de los contratos de concesión y hacer la tarea de renovar su póliza con tres meses de anticipación, para no encontrar dificultades en este tramite, es decir que en el mes numero 9 de su contrato debe tener lista la renovación de la póliza para el año siguiente, y evitar ser multado y sancionado.
Laura Ardila Bendek


