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Coljuegos, maquinas en ruta una oportunidad de negocio.

Fecha de publicación: 2024-03-04
Coljuegos

La empresa administradora del monopolio rentístico de los juegos de suerte y azar expidió una resolución por medio de la cual se busca que los pequeños comerciantes que tengan máquinas electrónicas tragamonedas (MET) operando sin la respectiva autorización de Coljuegos puedan legalizar su funcionamiento. 

 

 

De acuerdo con el presidente de la entidad, Marco Emilio Hincapié, esta estrategia tiene como objetivo promover las apuestas legales y la formalización de cerca de 100.000 máquinas tragamonedas que operan en el territorio colombiano sin cumplir con los requisitos de ley

 

Coljuegos, Mundo Video radica comentarios al proyecto de “Resolución entrada en operación MET en ruta”

 

Además de los operativos para incautar máquinas y destruirlas con posterioridad, le estamos diciendo a las personas que, conforme al programa de ‘Paz total’ de nuestro presidente Gustavo Petro, formalicemos las máquinas electrónicas tragamonedas que, por el momento, puedan estar funcionando sin autorización”, dijo Hincapié. 

 

Máquinas en ruta , Coljuegos expide nueva resolución para que funcionen.

 

 Y añadió: “Hemos regulado las MET de la paz, para que todas las personas que tengan sus máquinas se asocien, con mínimo 80 máquinas, para que puedan legalizar el funcionamiento, proteger sus intereses y aportar recursos para la salud”. 

 

Del mismo modo, el presidente indicó que, de acuerdo con la Resolución, solo podrán ser considerados “elementos de juego de paz” las máquinas que no se encuentren (o hayan estado) vinculadas con un contrato de concesión autorizado por Coljuegos

 

En el mismo sentido, la Resolución establece que cada establecimiento comercial podrá operar mínimo una máquina electrónica tragamonedas, mientras que el máximo será establecido de acuerdo con el censo poblacional del municipio donde operen, así: 

 

·         Más de 50.001 habitantes: máximo cuatro máquinas por local

·         De 25.000 a 50.000 habitantes: máximo tres máquinas por local

·         Menos de 25.000 habitantes: máximo dos máquinas por local 

 

Por otro lado, es importante mencionar que los propietarios de METS que continúen operando sin autorización podrían incurrir en multas que ascienden a los 80 salarios mínimos legales mensuales (cerca de $104 millones) por cada una de las máquinas. Además, esta actividad constituye un delito contemplado en el artículo 312 del Código Penal, el cual se refiere al ejercicio ilícito de actividad monopolística de arbitrio rentístico

 

 

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