Apreciados(as) lectores(as),como lo dije en la noticia anterior, actualmente es común que dentro de sus establecimientos de comercio se encuentren instaladas videocámaras de seguridad, y consecuentemente es muy posible que se encuentren en sus manos algunos registros visuales y auditivos, tanto de clientes como de trabajadores; hoy en día, estos registros son constitutivos de lo que se denomina “Habeas Data”, y por lo tanto requieren un tratamiento especial que les explico a continuación.
En Colombia, el tema de la protección de los datos personales no fue debidamente reglamentado sino hasta la expedición de la Ley 1581 de 2012, en la que se consagró, entre otros, que:
Las imágenes captadas por las cámaras encuadran dentro del concepto de “dato personal”, interpretación también compartida por la Superintendencia de Industria y Comercio en el concepto No. 17302045 de septiembre 19/17.
Según lo anterior, los dueños de los establecimientos comerciales en los que haya cámaras de seguridad son también administradores de datos personales, y por lo tanto deben de respetar las disposiciones del “Habeas Data”, que es el derecho fundamental que tienen las personas a que sus datos personales sean tratados con respeto de su dignidad y demás derechos. (¿Cual es el Manejo que deben tener las centrales de riesgo, sobre el manejo de la información? )
De esta manera, señor(a) operador(a), es recomendable que cuando vaya a hacer uso de las grabaciones, cuente con la autorización de las personas que en ellas intervengan, o de lo contrario, que se difuminen los rostros de aquellas que no autoricen su aparición.
También sugiero no compartir ni mostrar las grabaciones a personas ajenas a su empresa y que además no ostenten un claro e inequívoco derecho a adquirirlas u observarlas, debido a que es posible que para esto también sea necesaria la autorización expresa de las personas.
Estas recomendaciones las hago para que no sea usted objeto de una demanda por incumplir con la normativa colombiana sobre el “Habeas Data”.
Laura Ardila Bendek
Preguntas juridico@mundovideo.com.co


