Estimados(as) lectores(as) si tiene perro o alguien allegado tiene mascota es importante tener en cuenta esta noticia. Si bien fue promulgado hace unos meses, a partir de Septiembre 14 2022 entró en vigencia el decreto 380 del 16 de marzo del 2022, que obliga a los propietarios de perros de raza potencialmente peligrosa a tener una poliza de Responsabilidad Civil extracontractual, entre otras obligaciones.
Desde el año 2016 se ha regulado el tema de la responsabilidad que le cabe al dueño o tenedor de algunos caninos que inicialmente se denominaron como de razas peligrosas y hoy se ha actualizado esta nominación por la de “caninos de manejo especial”* y a través del decreto 380 del pasado 16 de marzo del presente año, se aclaran las siguientes obligaciones:
1. El Art. 127 de Ley 1801 de 2016 señala que el gobierno reglamentara lo relacionado con la constitución de pólizas de Responsabilidad Civil extracontractual que deberán adquirir los propietarios o tenedores de caninos de manejo especial, para amparar los daños y perjuicios que ocasione a las personas, a los bienes, a las vías y espacios públicos y al medio natural en general.
2. El valor mínimo asegurado es de 50 SMMLV y deberá mantener la vigencia durante la vida del animal.
3. Toda venta, traspaso o donación de canino de manejo especial deberá ser notificado a la alcaldía y a la compañía de seguros.
4. Los(as) propietarios(as) y/o tenedores(as), en un termino de 6 meses a partir de la vigencia de este decreto, deberán implantar un microchip con código numérico de identificación, a través de un veterinario certificado y tramitar la obtención de la póliza de Responsabilidad Civil.
Requisitos para el trámite:
1. Carta dirigida a la alcaldía local donde se solicite el registro del Canino en el Censo de ejemplares caninos potencialmente peligrosos donde se indique:
- Nombre del ejemplar canino.
- Identificación (Documento de Identidad- 1 fotocopia(s)) y lugar de ubicación de su propietario(a) o tenedor(a) responsable del perro.
- Una descripción que contemple las características fenotípicas del ejemplar que hagan posible su identificación. Relacionar el número del microchip implantado.
- El lugar habitual de residencia del animal con la especificación de si está destinado a convivir con los seres humanos o si será destinado a la guarda, protección u otra tarea específica.
- Carné de vacunación del ejemplar canino.
- Certificado de sanidad vigente, expedido por la Secretaría Distrital de Salud en sus distintas Subredes.
- Póliza de responsabilidad civil extracontractual, la que cubrirá la indemnización de los perjuicios patrimoniales que dichos ejemplares ocasionen a personas, bienes, o demás animales.
- 2 fotografías del propietario, tamaño 3×4.
- 2 fotografías del canino, tamaño 3×4.
2. Radicar los documentos en las Alcaldías Locales, para ello se debera allegar la solicitud de registro del perro potencialmente peligroso de manera presencial en los puntos indicados por la institución, de no hacerlo puede ser objeto de multa y en caso de siniestro acarreara problemas del tipo penal.
*Cuales son los Caninos de manejo especial
Son aquellos que hayan agredido a personas, que hayan causado la muerte a otros perros o que estén adiestrados para atacar o defender y razas como american staffordshire terrier, bullmastiff, doberman, dogo argentino, dogo de burdeos, fila brasilero, mastín napolitano, bull terrier, pitbull terrier, american pitbull terrier, presa canario, rottweiler, staffordshire terrier, tosa japonés, sus híbridos y/o cruces.
Laura Ardila Bendek
Preguntas juridico@mundovideo.com.co


