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  Recuerde el plazo de implementación del documento equivalente electrónico 




Recuerde el plazo de implementación del documento equivalente electrónico
Fuente: Laura Ardila Bendek
Publicado: 2023-02-02

La implementación del documento equivalente electrónico dentro del sistema de facturación electrónica será de manera progresiva, según el tipo de documento equivalente; así quedó estipulado en la resolución expedida por él gobierno a finales del 2022.

El inicio de la implementación queda fijado para el 1 de marzo de 2023, cerrando dicho calendario, con el último tipo de documento, el 1 de julio de 2023.

En estos cuatro meses la DIAN otorga un plazo para la implementación de cada uno de los documentos equivalentes en su formato electrónico, las empresas deberán adaptar su sistema de facturación electrónica.

LEA AQUÍ PROYECTO DE RESOLUCIÒN IMPLEMENTACIÓN DOCUMENTO EQUIVALENTE LOCALIZADOS

Pese a ello, y siguiendo la norma habitual, se proporciona un plazo de adaptación voluntaria, previo al inicio del calendario de implementación oficial. Dicho plazo comienza cuando la DIAN haga operativas las funcionalidades necesarias.

Algunos cambios para tener en cuenta en el sistema de facturación electrónica

En la resolución de la DIAN añade otros cambios en el sistema de facturación electrónica de Colombia. Además de añadir el anexo v1.9 para la Factura Electrónica y el anexo v.1 para el nuevo documento equivalente electrónico, se añaden otros aspectos de cierta relevancia:

El primero afecta a la estructura de factura electrónica, la cual deberá aportar el importe del IVA y del impuesto al consumo, tanto en la factura electrónica como en el documento equivalente, siempre que sea correspondiente.

El segundo hace referencia a las operaciones de venta de bienes cubiertos, los cuales deberán ser tramitados mediante el sistema de facturación electrónica de venta.

Laura Ardila Bendek

Preguntas juridico@mundovideo.com.co


 

 

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Plazo para solicitar reembolso a las EPS prescribe a los tres años 

Recuerde el plazo de implementación del documento equivalente electrónico

Apreciados(as) lectores(as), sabemos las dificultades que todas las empresas tienen cada día con los trabajadores que sufren incapacidades. El auxilio por incapacidad se define como el reconocimiento de la prestación de tipo económico y pago de la misma que hacen las entidades promotoras de salud (EPS) a sus afiliados cotizantes no pensionados por todo el tiempo que estén inhabilitados física o mentalmente para desempeñar en forma temporal su profesión u oficio habitual.

Muchas veces por desconocimiento se terminan pagando días que no están a cargo del(la) empleador(a) o no se sabe que hay hasta tres años para exigirlas

Las incapacidades se clasifican de dos maneras:

- De origen común

- De origen laboral,

Cuando el origen de la incapacidad es laboral, la ARL (Administradora de Riesgos Laborales) a la cual esté afiliado el(la) trabajador(a) es quien paga el salario del(la) empleado(a) desde el día siguiente al accidente laboral.

El tiempo por el cual el(la) trabajador(a) recibirá este subsidio y el monto del subsidio dependerán de la gravedad del daño sufrido por el(la) empleado(a), pero en ningún momento debe ser asumido por la empresa.

En caso de que la incapacidad sea de origen común u ordinario, es necesario saber que la empresa debe pagar el salario de los dos primeros días de incapacidad, pero desde el tercero la EPS a la que se encuentra afiliado el(la) trabajador(a) es la responsable de pagarle al(la) empleado(a) su salario, hasta el día 180.

 Si la incapacidad supera los 180 días calendario, la responsabilidad de pagarle al(la) trabajador(a) pasa a ser del Fondo de Pensiones al cual esté afiliado, hasta el día 540.

Desde el día 541 en adelante, a el(la) trabajador(a) solo se le pagará en caso de que haya sido demostrada una pérdida de capacidad laboral superior al 50%.

Tanto el(la) empleador(a) como el(la) trabajador(a) deben tener en cuenta que las obligaciones de la EPS, del Fondo de Pensiones o de la ARL pueden ser exigidas en cualquier momento desde su ocurrencia hasta el vencimiento del plazo que tienen una vigencia de 3 años contados desde el momento en que se determina la incapacidad; el artículo 121 del Decreto Ley 019 del 2012 dispone que será el empleador quien adelantará de manera directa ante las EPS los trámites para el reconocimiento de las incapacidades por enfermedad general y licencias de maternidad o paternidad, siendo la única obligación del trabajador reportar la ocurrencia de cualquiera de aquellas.

Laura Ardila Bendek

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Cláusula penal en los contratos que es 

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Estimados(as) lectores(as). Al firmar un contrato o hacer un negocio las partes suelen acordar una cláusula penal como garantía de cumplimiento del contrato, y en ocasiones como modo de asegurar la indemnización anticipada de los perjuicios causados por un eventual incumplimiento del contrato.

Qué es la cláusula penal

La cláusula penal es una cláusula que se incluye en los contratos mediante la cual se fija una pena que debe pagar la parte que incumpla con el contrato.

En consecuencia, la cláusula penal tiene como finalidad sancionar o penalizar a la parte contractual que no cumpla con el contrato o negocio, por lo que sirve para desincentivar los posibles incumplimientos.

La cláusula penal debe pactarse de forma expresa en el contrato, y puede tener condicionamientos, exenciones o eximentes según las características del contrato, las necesidades y voluntad de las partes.

La cláusula penal en el código civil.

La cláusula penal está contemplada en el artículo 1592 del código civil que la define la siguiente forma:

«La cláusula penal es aquella en que una persona, para asegurar el cumplimiento de una obligación, se sujeta a una pena que consiste en dar o hacer algo en caso de no ejecutar o retardar la obligación principal.»

En el contrato se acuerda que la parte que la parte incumplida pague una pena en los siguientes casos:

 

1. Cuando incumple el contrato.

2. Cuando lo cumple fuera de plazo o de forma tardía.

3. Cuando lo cumple defectuosamente o de forma imperfecta.

 

En cualquiera de los eventos anteriores procede la cláusula penal sin mayor prueba que el incumplimiento, y en las condiciones que se haya pactado en el contrato.

Características de la cláusula penal.

La cláusula penal es una obligación accesoria cuyo objetivo es garantizar o asegurar la obligación principal, y es una obligación condicional en la medida en que sólo procede cuando se incumple la obligación principal, que es la condición para que pueda hacerse efectiva.

Respecto a la condicionalidad de la cláusula penal, el artículo 1595 del código civil señala:

«Háyase o no estipulado un término dentro del cual deba cumplirse la obligación principal, el deudor no incurre en la pena sino cuando se ha constituido en mora, si la obligación es positiva. Si la obligación es negativa, se incurre en la pena desde que se ejecuta el hecho de que el deudor se ha obligado a abstenerse.»

La constitución en mora es otra de las condiciones de la cláusula penal, de manera que hasta que la obligación principal no entre en mora no puede exigirse la pena.

 

Qué es la constitución en mora.

 

La constitución en mora del deudor es necesaria para determinar el incumplimiento de la obligación y poder demandar al deudor.

Adicionalmente la cláusula penal representa una liquidación contractual anticipada de los perjuicios causados por el incumplimiento de la obligación principal, al tiempo que apremia a las partes a cumplir con la obligación principal para evitar la accesoria.

La cláusula penal, por sus características representa los siguientes beneficios.

 

1. Se presiona a las partes para que cumplan con el negocio.

2. Se puede anticipar los perjuicios derivados del incumplimiento del contrato.

3. La parte cumplida no debe allegar pruebas que de muestren el perjuicio.

4. La parte cumplida no debe probar la culpa de la parte incumplida

5. Se evita la controversia sobre el monto de los perjuicios.

 

En resumen, la cláusula penal es una obligación accesoria que busca asegurar el cumplimiento de la obligación principal en primer lugar, e indemnizar los perjuicios que se pudieran causar por un eventual incumplimiento.

Clasificación de la cláusula penal.

La doctrina ha dividido la cláusula penal en dos clases o tipos: compensatoria y remuneratoria.

Clausula penal moratoria.

La cláusula penal moratoria tiene como finalizad indemnizar a la parte afectada por la mora en el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato. Cuando el contrato se cumple, pero se cumpla extemporáneamente, la parte cumplida debe ser indemnizada por la parte incumplida.

Laura Ardila Bendek

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Unión libre ¿Cómo declarar la terminación con su pareja? 

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Apreciados(as) lectores(as), hoy trataré un tema que puede no ser agradable pero que está allí, y es que hacer cuando hay separación de parejas que viven en unión libre, como declarar la terminación?





De acuerdo con la Ley 54 de 1990 y la Ley 979 de 2005, si usted convivió menos de dos años con una persona y decidió separarse, no tiene que realizar ningún trámite; sin embargo, si la unión libre duró más de ese tiempo, se constituye una sociedad patrimonial que es más compleja de disolver.

De manera similar con la sociedad conyugal que nace con el matrimonio después de la convivencia de dos años de las parejas que viven en unión libre se puede declarar que hay una existencia de una comunidad de bienes.

Esta comunidad, se conoce como sociedad patrimonial y debe declararse, recuerde que harán parte todos los bienes adquiridos dentro de esta sociedad patrimonial durante la unión libre de la pareja.




Si por diversos motivos la pareja determina separarse puede declararse la solución de esta sociedad patrimonial ante un centro de conciliación, juez de familia o una notaría, recibida esta solicitud el juez de familia, el notario o en el centro de conciliación se estudiara tal petición para determinar si se declara la disolución de la sociedad patrimonial y así emitir una sentencia, una escritura pública o un acta que determine la terminación de la misma.

La acción judicial para solicitar la terminación de la sociedad patrimonial de los compañeros permanentes vence en 1 año a partir de la separación de la unión libre recuerde que esto aplica también, para parejas del mismo sexo que han convivido en unión libre .

Laura Ardila Bendek

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Certificado de retención, modelo y plazos  

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Certificado de retención modelo. Estimados(as) lectores(as) por estos días se inicia la maratón por conseguir los certificados de retención , que soportan las deducciones que por ley se deben hacer cuando se realiza una transacción que debe ser gravada.

En la industria de Juegos de suerte y Azar se deben realizar retenciones  según él articulo 404-1 del estatuto tributario que reza:

  • Artículo 404-1. Retención en la fuente por premios. La retención en la fuente sobre los pagos o abonos en cuenta por concepto de loterías, rifas, apuestas y similares se efectuará cuando el valor del correspondiente pago o abono en cuenta sea superior a 48 UVT”

Al final de este artículo podrán encontrar un modelo para generar dicho certificado él cual puede descargar e imprimir 

Plazos

De acuerdo con el artículo 1.6.1.13.2.40 del Decreto 1625 de 2016, modificado por el artículo 1 del Decreto 2487 de diciembre 16 de 2022, el 31 de marzo de 2023 será el plazo máximo para que los agentes retenedores del impuesto sobre la renta y complementario y los del gravamen a los movimientos financieros –GMF– expidan los siguientes certificados:

- Los certificados de ingresos y retenciones por concepto de pagos originados en la relación laboral o legal y reglamentaria que se encuentran relacionados en el artículo 378 del Estatuto Tributario –ET–.

- Los certificados de retenciones por conceptos distintos a pagos originados en la relación laboral o legal y reglamentaria referidos en el artículo 381 del ET, y del gravamen a los movimientos financieros.

Por el año gravable 2023, los agentes de retención tendrán plazo para expedir certificados de retención del año gravable 2022 hasta el 31 de marzo.

Cabe mencionar que los certificados por el valor patrimonial de los aportes y acciones, así como el certificado de las participaciones y dividendos gravados y no gravados que sean abonados en calidad de exigibles para los socios, comuneros, cooperados, asociados o accionistas, deberán expedirse dentro de los quince días calendario siguientes a la fecha de la solicitud.

Cuando se trate de autorretenedores, el certificado debe contener la constancia expresa sobre la fecha de la declaración y pago de la respectiva retención.

 

Descargue aquí él modelo del certificado 

Laura Ardila Bendek

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RUT Actualizado No se debe exigir a los proveedores 

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Actualización RUT. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN ha expedido el primer comunicado del año, recordando que la vigencia de la inscripción del Registro Único Tributario – RUT es indefinida y, en consecuencia, no se debe exigir su renovación.

De acuerdo con el Comunicado de Prensa Nº 001, el inscrito solamente debe realizar actualización en caso de tener una modificación o adición en los datos que consignó originalmente en el registro (elementos constitutivos de identificación, ubicación o clasificación).

En tal caso, la actualización se debe hacer a más tardar dentro del mes siguiente al hecho que genera la actualización.

Este Comunicado es importante darlo a conocer pues es común que los contadores públicos y, en especial los Revisores Fiscales, indiquen que antes de realizar un pago a un proveedor, se le debe exigir presentar un RUT vigente, es decir, con fecha de expedición actualizada, y no con fechas de meses o años anteriores.

Sin embargo, en tal instrucción, no indican ninguna norma que fundamente la petición, y contradicen lo indicado por la DIAN, encargada de llevar el registro.

Laura Ardila Bendek

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Lea aquí él documento completo

 

 





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