ADS-1A
  • Mi Cuenta     Crear Cuenta
  • English Version
ADS-2A
Logo MVE
ADS-2B
MIS FAVORITOS
Debes tener una cuenta ( Grátis ) para poder agregar cualquiera de nuestras publicaciones en esta zona de favoritos y asi encontrarlas rápidamente

ACCESOS DIRECTOS
Cargando...
ADS-30
Estas aquí -> Inicio / seccion-juridica /

Secreto empresarial que es, como protegerlo?

Fecha de publicación: 2022-04-21
Secreto empresarial que es

El artículo 260 de la Decisión 486 de 2000, establece: “Se considerará como secreto empresarial cualquier información no divulgada que una persona natural o jurídica legítimamente posea, que pueda usarse en alguna actividad productiva, industrial o comercial y que sea susceptible de trasmitirse a un tercero (…)”.

 

Estimados(as) lectores(as) el secreto empresarial son aquellos manejos o información o conocimiento a nivel empresarial que agrupa los procedimientos, métodos, formulas, experiencias o habilidad, de carácter secreto que genera un valor económico que con el tiempo vamos desarrollando en nuestra empresa y que forman parte de nuestro KNow HoW.

 

Este (el secreto empresarial) no es muy cuidado en nuestro país y en el negocio de los juegos de suerte y azar salvo en algunas casas de apuestas Online o algunas loterías , no se le dá la importancia que debiera. Por ejemplo es muy común que un(a) empleado(a) de un casino o sala de juegos renuncie y se vaya a la competencia y les enseñe las promociones, formas de mercadeo y hasta la misma base de datos sea vendida; como si nada y es allí donde la empresa pierde todo su secreto empresarial pero no hace nada por protegerlo.

 

 

 

La Superintendencia de Industria y Comercio, lo define  como aquel conjunto de datos de carácter comercial, industrial o productivo, sobre el cual recae una reserva en su divulgación, en donde su poseedor tiene la calidad de determinar y decidir la transferencia de su titularidad a un tercero, caso en el cual recaerá sobre él un deber de reserva, so pena de incurrir en conductas susceptibles de ser sancionadas judicial y administrativamente

 

No obstante lo anterior, es importante agregar que el secreto empresarial debe cumplir con los siguientes requisitos:


– Que no sea generalmente conocido ni de fácil acceso por quienes se encuentran en los círculos que normalmente manejan ese tipo de información.


– Debe tener valor comercial debido a que es secreto, y su legítimo poseedor debe haber adoptado medidas razonables para mantenerlo secreto.

 

Se considera una violación del secreto empresarial,:


“a) explotar, sin autorización de su poseedor legítimo, un secreto empresarial al que se ha tenido acceso con sujeción a una obligación de reserva resultante de una relación contractual o laboral


b) comunicar o divulgar, sin autorización de su poseedor legítimo, el secreto empresarial referido en el inciso a) con ánimo de obtener provecho propio o de un tercero o de perjudicar a dicho poseedor


c) adquirir un secreto empresarial por medios ilícitos o contrarios a los usos comerciales honestos;

 

d) explotar, comunicar o divulgar un secreto empresarial que se ha adquirido por los medios referidos en el inciso c).


e) explotar un secreto empresarial que se ha obtenido de otra persona sabiendo, o debiendo saber, que la persona que lo comunicó adquirió el secreto por los medios referidos en el inciso c), o que no tenía autorización de su poseedor legítimo para comunicarlo.


f) comunicar o divulgar el secreto empresarial obtenido conforme al inciso e, en provecho propio o de un tercero, o para perjudicar al poseedor legítimo del secreto empresarial.”

 

Así pues señores(as) operadores(as) debería pensar en proteger todos sus procesos que son parte del intangible del negocio y que también , porque no forman parte de su Good Will (lea aquí que es good will) . Piense en hacerle firmar a sus empleados(as) un acuerdo de confidencialidad entre otros además de otros documentos que deben dejar claro que no podrán difundir por ningún medio ni por tercera persona lo que vea o aprenda en su empresa.

 

 

Laura Ardila Bendek

Preguntas juridico@mundovideo.com.co


¿Cómo te parecio este articulo?
Este articulo me gusta
0%
Este articulo no me gusta
0%
Este articulo me encanto
0%

ADS-32

Otros artículos del Autor:


ADS-33
ADS-36
ADS-37
Cerrar ventana
ADS-3A
ADS-3B
>> Cerrar X
>> Cerrar [ X ]
ADS-25
Hablemos!