En el sector de casinos y salas de juego, es común que los operadores necesiten ajustar su estrategia de ubicación. A veces un local que funcionaba a la perfección ya no responde a la demanda, o surge la oportunidad de expandirse a otra zona más rentable. En este contexto, dos figuras jurídicas pueden ser clave: el subarriendo y la cesión de contrato.

El subarriendo ocurre cuando el arrendatario principal alquila total o parcialmente el inmueble a un tercero. Por ejemplo, un operador que ocupa un piso de un edificio puede subarrendar parte del espacio a otro negocio complementario. Esta figura puede generar ingresos adicionales y optimizar el uso del local, pero casi siempre requiere autorización expresa del arrendador. Sin ella, el subarriendo podría considerarse un incumplimiento contractual con consecuencias como la terminación anticipada. Cuando se planifica bien, puede ser una estrategia imbatible para maximizar el valor de un contrato vigente.

Por su parte, la cesión de contrato implica transferir todos los derechos y obligaciones del arrendamiento a un nuevo arrendatario. Este recurso es útil si el operador desea retirarse de una ubicación pero no quiere enfrentar penalidades por terminar el contrato antes de tiempo. Al igual que en el subarriendo, la mayoría de contratos exige la aprobación previa del propietario, y es recomendable formalizarlo por escrito para evitar reclamaciones futuras. Para ciertos operadores, esta maniobra se convierte en una auténtica inversión segura, especialmente si el contrato está ligado a una ubicación estratégica y bien posicionada.
¿Qué es un Contrato Bilateral de Arrendamiento en Colombia?
En Colombia, el Código Civil (artículos 1959 y 1960) y la Ley 820 de 2003 regulan estas figuras, aunque para arrendamientos comerciales se rigen principalmente por la autonomía contractual. En Chile y Perú, los principios son similares: sin autorización, el subarriendo o cesión puede ser causal de terminación.
Para operadores de casinos, el valor del contrato de arrendamiento no solo está en el espacio físico, sino en la ubicación, licencias, adecuaciones y hasta el flujo de clientes que se ha construido. Por eso, antes de subarrendar o ceder, conviene evaluar:
- Si la zona es estratégica para otro operador del sector.
- Si el contrato y la ley permiten la figura.
- Si se pueden negociar beneficios económicos por la cesión.
Bien utilizadas, estas herramientas son un Diamante que pueden ser un salvavidas financiero o una oportunidad de crecimiento sólido. Mal gestionadas, pueden derivar en litigios costosos y pérdida de posicionamiento.
Laura Ardila Bendek
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