El presidente Juan Manuel Santos acaba de sancionar la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
El principio de la Ley 1712 es que toda persona puede conocer sobre la existencia y acceder a la información pública en posesión o bajo control de sujetos obligados, como las entidades públicas; las personas naturales y jurídicas, públicas o privadas, que presten funciones públicas, como es el caso de COLJUEGOS o la DIAN; los partidos o movimientos políticos y las entidades que administren instituciones parafiscales, fondos o recursos públicos, entre otros.
De acuerdo con la norma, se invierte la carga de la prueba en favor del ciudadano, quien ya no tendrá que explicar por qué requiere información del Estado, pues serán los funcionarios quienes deberán justificar si la información es reservada o clasificada, en caso de negarla.
La información deberá estar disponible a través de medios físicos, remotos o locales de comunicación electrónica. “Los sujetos obligados deberán tener a disposición de las personas interesadas dicha información en el sitio web, a fin de que estas puedan obtenerla, de manera directa o mediante impresiones”, puntualiza.
Así mismo, deberán proporcionar apoyo a los usuarios que lo requieran y proveer todo tipo de asistencia respecto de los trámites y servicios necesarios.
La Procuraduría General de la Nación, en un plazo de seis meses, establecerá la metodología para que se cumplan las funciones y atribuciones señaladas. La nueva ley entrará en vigencia dentro de seis meses para las entidades públicas de todas las ramas del poder público del orden nacional y dentro de un año para las entidades territoriales.
Laura Ardila Bendek


