Estimados(as) lectores(as). Al firmar un contrato o hacer un negocio las partes suelen acordar una cláusula penal como garantía de cumplimiento del contrato, y en ocasiones como modo de asegurar la indemnización anticipada de los perjuicios causados por un eventual incumplimiento del contrato.
Qué es la cláusula penal
La cláusula penal es una cláusula que se incluye en los contratos mediante la cual se fija una pena que debe pagar la parte que incumpla con el contrato.
En consecuencia, la cláusula penal tiene como finalidad sancionar o penalizar a la parte contractual que no cumpla con el contrato o negocio, por lo que sirve para desincentivar los posibles incumplimientos.
La cláusula penal debe pactarse de forma expresa en el contrato, y puede tener condicionamientos, exenciones o eximentes según las características del contrato, las necesidades y voluntad de las partes.
La cláusula penal en el código civil.
La cláusula penal está contemplada en el artículo 1592 del código civil que la define la siguiente forma:
«La cláusula penal es aquella en que una persona, para asegurar el cumplimiento de una obligación, se sujeta a una pena que consiste en dar o hacer algo en caso de no ejecutar o retardar la obligación principal.»
En el contrato se acuerda que la parte que la parte incumplida pague una pena en los siguientes casos:
1. Cuando incumple el contrato.
2. Cuando lo cumple fuera de plazo o de forma tardía.
3. Cuando lo cumple defectuosamente o de forma imperfecta.
En cualquiera de los eventos anteriores procede la cláusula penal sin mayor prueba que el incumplimiento, y en las condiciones que se haya pactado en el contrato.
Características de la cláusula penal.
La cláusula penal es una obligación accesoria cuyo objetivo es garantizar o asegurar la obligación principal, y es una obligación condicional en la medida en que sólo procede cuando se incumple la obligación principal, que es la condición para que pueda hacerse efectiva.
Respecto a la condicionalidad de la cláusula penal, el artículo 1595 del código civil señala:
«Háyase o no estipulado un término dentro del cual deba cumplirse la obligación principal, el deudor no incurre en la pena sino cuando se ha constituido en mora, si la obligación es positiva. Si la obligación es negativa, se incurre en la pena desde que se ejecuta el hecho de que el deudor se ha obligado a abstenerse.»
La constitución en mora es otra de las condiciones de la cláusula penal, de manera que hasta que la obligación principal no entre en mora no puede exigirse la pena.
Qué es la constitución en mora.
La constitución en mora del deudor es necesaria para determinar el incumplimiento de la obligación y poder demandar al deudor.
Adicionalmente la cláusula penal representa una liquidación contractual anticipada de los perjuicios causados por el incumplimiento de la obligación principal, al tiempo que apremia a las partes a cumplir con la obligación principal para evitar la accesoria.
La cláusula penal, por sus características representa los siguientes beneficios.
1. Se presiona a las partes para que cumplan con el negocio.
2. Se puede anticipar los perjuicios derivados del incumplimiento del contrato.
3. La parte cumplida no debe allegar pruebas que de muestren el perjuicio.
4. La parte cumplida no debe probar la culpa de la parte incumplida
5. Se evita la controversia sobre el monto de los perjuicios.
En resumen, la cláusula penal es una obligación accesoria que busca asegurar el cumplimiento de la obligación principal en primer lugar, e indemnizar los perjuicios que se pudieran causar por un eventual incumplimiento.
Clasificación de la cláusula penal.
La doctrina ha dividido la cláusula penal en dos clases o tipos: compensatoria y remuneratoria.
Clausula penal moratoria.
La cláusula penal moratoria tiene como finalizad indemnizar a la parte afectada por la mora en el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato. Cuando el contrato se cumple, pero se cumpla extemporáneamente, la parte cumplida debe ser indemnizada por la parte incumplida.
Laura Ardila Bendek
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