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Lotería, rifa y juegos novedosos: lo que dice la ley y lo que pasa en la práctica

Fecha de publicación: 2025-08-08

En el sector del juego legal colombiano es común que operadores, alcaldías e incluso fundaciones o asociaciones confundan los conceptos de lotería, rifa, sorteo o juego novedoso. Aunque todos hacen parte de la categoría general de “juegos de suerte y azar”, su tratamiento jurídico es distinto. Y no conocer esas diferencias puede traer consecuencias legales serias.

¿Qué dice la ley?

La Ley 643 de 2001, que es la norma marco del sector, establece que los juegos de suerte y azar pueden ser de carácter nacional o territorial, y distingue entre juegos localizados, loterías, apuestas permanentes, rifas, promocionales y novedosos.

  • La lotería es un juego tradicional operado exclusivamente por las entidades públicas departamentales. Su explotación tiene un marco cerrado, con regulación propia y un esquema específico de transferencia al sistema de salud.
  • La rifa, en cambio, es un sorteo ocasional que se puede autorizar a particulares, siempre que haya autorización previa del ente territorial competente. Este tipo de juegos está reglamentado por la Resolución 4425 de 2021 expedida por Coljuegos, que define requisitos, condiciones, sorteos permitidos y obligaciones del organizador.
  • Los juegos novedosos son aquellos que no encajan dentro de las categorías tradicionales. Se explotan exclusivamente por Coljuegos mediante contrato de concesión, como es el caso de Baloto, Super Astro o las apuestas por internet.

¿Dónde está el problema?

En la práctica, hay muchos casos en los que una rifa se presenta como un juego novedoso, o viceversa. También hay empresas que hacen sorteos regulares sin autorización, amparándose en figuras como “bono donación” o “rifa de cortesía”, sin cumplir con los requisitos legales ni con la autorización de Coljuegos o de la autoridad territorial correspondiente.

Esto no solo puede acarrear sanciones administrativas, sino también procesos penales por explotación ilegal de juegos.

Entonces, ¿cómo saber si se necesita permiso?

Si hay pago, entrega de premios y participación abierta al público, lo más probable es que se trate de un juego de suerte y azar que requiere autorización expresa.

Por eso, antes de lanzar una promoción, sorteo o actividad similar, conviene revisar con claridad si se trata de una lotería, una rifa ocasional, un juego promocional o un juego novedoso. Y más importante aún: identificar si la competencia es de Coljuegos o de la Secretaría de Salud Departamental.

Laura Ardila Bendek

Preguntas juridico@mundovideo.com.co


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