En Colombia, los casinos y establecimientos de juegos de suerte y azar implementan diversas estrategias para atraer y fidelizar clientes, entre ellas las rifas y sorteos promocionales. Sin embargo, la realización de estos eventos no es un asunto libre de regulación, y los operadores deben cumplir con ciertos requisitos para llevarlos a cabo de manera legal.

De acuerdo con la normativa vigente, cualquier rifa, sorteo o promoción comercial que implique la entrega de premios debe contar con la autorización de Coljuegos, entidad que regula el sector de juegos de suerte y azar en el país. Esta exigencia aplica sin importar el tipo de premio, ya sea una motocicleta, dinero en efectivo u otro bien de valor significativo.
La Ley 643 de 2001 y el Decreto 1068 de 2015 establecen que los operadores que deseen realizar rifas o sorteos deben presentar una solicitud ante Coljuegos, detallando la mecánica de participación, el valor del premio y su fuente de financiación. Además, deben cumplir con el pago del derecho de explotación, que equivale a un porcentaje del valor total de los premios a entregar.
Para garantizar el cumplimiento de la normativa, es importante que los casinos tramiten la autorización correspondiente antes de realizar cualquier rifa o sorteo promocional. Esto no solo les permite operar con total tranquilidad, sino que también evita inconvenientes administrativos y asegura que la actividad se desarrolle dentro del marco legal establecido por Coljuegos.
Laura Ardila Bendek
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